El sistema electoral y de partidos políticos de la provincia presenta algunas situaciones asombrosas. Por ejemplo, que en seis comunas rurales basta contar con dos afiliados para obtener la personería jurídica como partido comunal (sólo proponen candidatos a delegados rurales). Esto se debe a que la Ley 5.454 (de Partidos Políticos) exige sólo el apoyo del 4 por 1.000 del padrón electoral del lugar para crear una fuerza propia. Frente a esta situación, el legislador opositor Esteban Jerez planteó que se modifique la norma electoral.