El recorte de ingresos a un sector de empleados de la Dirección General de Rentas (DGR) se operativizaría sobre el aporte llegado desde el Fondo Estímulo. Este complemento salarial está prefigurado en los artículos 47 a 49 de la Ley Impositiva 5.636 (Código Tributario consolidado en el Digesto Jurídico de Tucumán), e integra el haber mensual desde hace años. Antes, el Fondo Estímulo se cobraba acumulado cada tres meses.

El artículo 47 de la norma dispone que el Poder Ejecutivo distribuirá, en concepto de incentivación y estimulo, un porcentaje de la recaudación mensual de gravámenes provinciales entre el personal que trabaja en la DGR.

El cálculo depende de los niveles de ingreso que se obtengan, pero los volúmenes previstos en la ley están totalmente desactualizados: se habla de un piso de $ 14 millones por mes, cuando lo recaudado por Rentas supera holgadamente los $ 100 millones (el mes pasado fue de $ 121 millones, según anunció el gobernador, José Alperovich, quien lo interpretó como un respaldo ciudadano a su gestión).

La distribución de fondos alcanza tanto al personal de la planta permanente como al temporario o adscripto.

En el artículo 48 se dispone que el Fondo Estímulo también se abone a empleados de ciertas áreas del Ministerio de Economía; de la Dirección de Política Fiscal; de Organización y Métodos; de la Secretaría de Hacienda; de Presupuesto; de la Contaduría General; de la Tesorería General; de Sistemas; de Catastro; de la Fiscalía de Estado y del Registro Inmobiliario. Se exceptúa a los adscriptos o transferidos con ingresos superiores a los que percibirían sus compañeros del mismo nivel con el Fondo Estímulo.