La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció nuevos límites para los movimientos de dinero entre cuentas de un mismo titular que rigen desde abril de 2026. Esta medida busca incrementar la transparencia dentro del sistema financiero argentino y asegurar un seguimiento efectivo de las transacciones de mayor volumen.
Empleadas domésticas: paso a paso, cómo generar el recibo de sueldo en la web de ARCASi bien no existe una prohibición para transferir fondos propios, las entidades bancarias y billeteras virtuales poseen la obligación de informar al organismo cuando las operaciones superan ciertos montos mensuales. Dicho control activa reportes automáticos que pueden derivar en procesos donde el contribuyente deba explicar la procedencia de su capital.
Cuánto dinero se puede transferir entre cuentas propias en abril 2026, según ARCA
El organismo recaudador fijó parámetros de referencia que obligan a las instituciones financieras a comunicar la actividad de sus clientes al alcanzar determinados niveles. Estos límites consideran la suma total de los ingresos y egresos registrados en todas las cuentas durante el mes, en lugar de observar transacciones individuales de forma aislada.
El nuevo esquema de vigilancia determina umbrales de 50 millones de pesos para iniciar las alertas automáticas en el sistema de fiscalización. Mariano Fuchila señala que el exceso de rigor formal injustificado podría afectar el derecho de defensa del ciudadano cuando se oculta la verdad jurídica objetiva.
Los topes para personas físicas y jurídicas
Los individuos particulares enfrentan un tope mensual fijado en 50 millones de pesos para el agregado de sus transferencias personales. Al sobrepasar esta cifra, el banco remite a la autoridad los datos del titular, el número de cuenta, el CBU o CVU y el detalle de los montos operados.
En el caso de las empresas o personas jurídicas, el límite resulta más estrecho y se sitúa en los 30 millones de pesos cada mes. Al igual que ocurre con los sujetos físicos, cualquier movimiento que exceda este valor activa un informe automático de la entidad hacia el ente regulador.
Estos topes también se aplican a otros movimientos financieros, como:
- Extracciones en efectivo: se informan desde $10 millones (tanto para personas físicas como jurídicas).
- Saldos bancarios al cierre de mes: se reportan desde $50 millones (personas físicas) y $30 millones (personas jurídicas).
- Transferencias en billeteras virtuales: los mismos límites que para cuentas bancarias.
- Plazos fijos: se informan desde $100 millones (personas físicas) y $30 millones (personas jurídicas).
La dificultad principal suele aparecer ante la ausencia de respaldo documental que justifique la dinámica de los fondos entre cuentas. Si el titular no presenta pruebas suficientes, la agencia posee la facultad de iniciar fiscalizaciones profundas, bloquear cuentas temporalmente o elevar reportes a la Unidad de Información Financiera.
Qué hacer si se supera el límite
Resulta fundamental disponer de archivos que demuestren la licitud del dinero cuando la actividad mensual cruza la barrera de los 50 millones de pesos. Facturas de servicios, recibos de haberes, certificados de venta de activos o boletos de compraventa constituyen elementos clave para responder con agilidad ante cualquier pedido oficial.
Las billeteras virtuales o bancos pueden contactar al cliente para que adjunte tales comprobantes a través de sus canales digitales de atención. En situaciones donde no se logre validar la procedencia del capital, las entidades financieras quedan habilitadas para restringir el uso de las cuentas de manera preventiva hasta que la situación se regularice.