En referencia a la carta “Intimación de Rentas” (10/02), del señor Ricardo Roberto Manai, cabe destacar que el contribuyente registra un historial de incumplimientos en la presentación de declaraciones juradas del impuesto sobre los Ingresos Brutos, desde hace largos años, lo que da lugar a intimaciones y a la aplicación de las sanciones previstas en el Código Tributario Provincial. Por tal motivo, incurre en errores tales como afirmar que no debe “ingresos brutos”, puesto que ante faltas de presentación de las declaraciones juradas, no se puede determinar ni la cuantía del tributo o el eventual saldo a favor. Además, el señor Manai no dio respuesta a comunicaciones e intimaciones en etapas administrativas. Tampoco lo hizo ante el mail de cortesía enviado por el apoderado fiscal de esta autoridad de aplicación, en el cual se le informaba el inicio de la ejecución fiscal e invitaba adherirse al plan de pagos vigente. Por tal motivo, la DGR cumplió con su obligación de iniciar la ejecución fiscal correspondiente, a los fines de preservar los créditos del fisco provincial.
Juan Manuel Fernández
Subdirector General
Dirección General de Rentas