El Senasa actualizó los requisitos y procedimientos para la habilitación del transporte de animales vivos y productos de origen animal. La medida eleva las exigencias técnicas y sanitarias que deben cumplirse a nivel nacional, con el objetivo de reforzar un eslabón clave dentro de la cadena agroproductiva.
La nueva disposición, contenida en la Resolución Senasa N° 723/2025, publicada esta semana en el Boletín Oficial, incorpora, entre otras medidas, nuevos tipos de transporte, como el “Bitren”, un vehículo articulado para el traslado de numerosos animales, y contempla la habilitación de unidades cuya infraestructura no esté prevista en la normativa, siempre y cuando resulten funcionales para cada especie.
Como puntos destacados, la actualización del marco regulatorio autoriza el uso de la malla cuadriculada para aquellos vehículos que trasladen porcinos, dando lugar a la habilitación de transportes “multiespecie”. Además, se incorporan a los vehículos que no requieren habilitación sanitaria para el traslado de animales vivos y mercancías de origen animal, aquellos que movilicen abejas, productos y subproductos de la industria apícola, aves ornamentales y de exposiciones y peces ornamentales. También prevé una habilitación provisoria de 90 días para los vehículos que no cumplan con los requisitos iniciales para la habilitación del Senasa. En ese período, el responsable del transporte deberá realizar las modificaciones requeridas. Otra novedad es la creación del Programa de Certificación Sanitaria Oficial de Fabricación de Vehículos.