En 2025, las consultas sobre cuota alimentaria aumentan en todo el país. Separarse no libera a los padres de su deber económico: la ley argentina establece que ambos progenitores deben garantizar el bienestar de sus hijos, incluso si ya no conviven. La Justicia fija el monto en función de los ingresos y las necesidades del menor.
¿Qué incluye la cuota alimentaria?
La cuota alimentaria no se limita a la comida. Cubre vivienda, salud, educación, vestimenta, transporte y esparcimiento. Es un aporte económico mensual que busca asegurar el desarrollo integral del menor, manteniendo el nivel de vida previo a la separación.
¿Cómo se calcula la cuota alimentaria en 2025?
No existe un monto fijo por ley. Los jueces suelen establecerla como un porcentaje del sueldo neto del progenitor que no convive con el menor. En general, se ubica entre el 20% y el 30% por hijo.
Para determinarla, se analizan:
Ingresos de ambos progenitores.
Necesidades del hijo o hija.
Nivel de vida antes del divorcio.
Cantidad de hijos y régimen de visitas.
La cuota se ajusta automáticamente con aumentos salariales, bonos o aguinaldos, evitando que pierda valor frente a la inflación.
¿Cómo se acuerda y se paga?
Los padres pueden pactar la cuota en forma privada, pero el acuerdo debe ser homologado por un juez para tener validez legal.
El pago puede realizarse de distintas formas:
Relación de dependencia: descuento automático del sueldo por orden judicial.
Autónomos o monotributistas: transferencia bancaria o pago directo de gastos como escuela u obra social (previa autorización judicial).
¿Hasta qué edad corresponde pagar?
Por ley, la cuota debe pagarse hasta los 21 años, mientras el hijo no pueda mantenerse por sí mismo. El plazo se extiende hasta los 25 años si continúa estudiando y no tiene ingresos.
Si el hijo tiene una discapacidad que impide su autonomía, la obligación puede ser permanente.
¿Qué pasa si no se paga la cuota alimentaria?
El incumplimiento puede tener consecuencias legales:
Embargo de sueldo o bienes.
Prohibición de salida del país.
Inhabilitación para conducir o tramitar pasaporte.
Inclusión en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, lo que bloquea créditos o trámites oficiales.