Aunque parezca inverosímil, la legislación canónica no impide que un laico sea elegido Papa. Según el Código de Derecho Canónico, cualquier varón bautizado puede ser designado para ocupar la Sede de Pedro, incluso si no es sacerdote ni obispo. Sin embargo, si un laico fuera elegido, debería recibir inmediatamente la ordenación sacerdotal y episcopal para poder ejercer el pontificado.

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Este tipo de elección no ocurrió en tiempos recientes, pero no es desconocida en la historia de la Iglesia. Uno de los casos más citados es el de Juan XIX, un noble romano que fue elegido Papa en el año 1024 sin haber recibido aún las órdenes sagradas. Fue consagrado poco después de su designación. Otro ejemplo es el de Urbano VI, quien en 1378 fue elegido siendo cardenal, pero aún sin ser obispo; recibió la consagración tras su nombramiento.

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A lo largo de los siglos, la Iglesia fue cerrando la posibilidad práctica de esta alternativa, ya que desde 1378 todos los Papas fueron cardenales previamente ordenados obispos. En la actualidad, los 133 cardenales electores reunidos en cónclave suelen considerar solo a sus propios miembros como papables, por tradición y por la complejidad del cargo.

Aunque legalmente posible, la elección de un laico sería vista como una medida extraordinaria en tiempos igualmente excepcionales.