Estela Calvente, historiadora y docente de Historia de América I, Facultad de Filosofía y Letras (UNT).

El cónclave y la elección del papa a lo largo de la historia

El cónclave es la reunión que celebra el Colegio Cardenalicio de la Iglesia católica para elegir a un nuevo papa. Los cardenales son los prelados de mayor rango en la Iglesia Católica después del Sumo Pontífice; son el “senado” del papa, a quién eligen y a quien apoyan en la conducción de la Iglesia universal.

Las normas para la elección del papa se han desarrollado a lo largo de casi dos milenios. Según la concepción católica, fue el propio Cristo quien instituyó al apóstol Pedro como pastor supremo de la cristiandad y como primer obispo de Roma.  Hasta la creación del Colegio Cardenalicio en 1059, los obispos de Roma, al igual que los de otros lugares, eran elegidos por aclamación del clero local y del pueblo, con cada vez mayor injerencia de la aristocracia romana.  A partir de ese año, 1059, la elección papal pasó a ser derecho exclusivo del Colegio de Cardenales, aunque de uno u otro modo, los cardenales respondían muchas veces a intereses políticos. El III Concilio de Letrán (1179) definió que sería papa aquel que resultase elegido por lo menos por dos tercios de los cardenales (cuyo número total aún no estaba fijado). En algunas elecciones la demora en alcanzar ese porcentaje se extendió demasiado, razón por la cual en 1241, un senador romano encerró por la fuerza a los cardenales obligándolos a una rápida definición. A fines de ese siglo, un decreto papal estableció que el cónclave es requisito legal para la elección del pontífice: así, transcurrido un determinado plazo, los cardenales debían encerrarse, en lo posible en el mismo lugar donde había muerto el papa, en un espacio adecuado, en el que estarían sometidos a limitaciones progresivas de alimentos, hasta que se produjera la elección. A pesar del rígido reglamento, reiteradas veces se produjeron rupturas del cónclave y períodos de sede vacante demasiado largos, de más de 20 meses.

Los procedimientos similares al actual se introdujeron en 1274, durante el pontificado de Gregorio X.

Hasta 1899 era una práctica habitual incluir a unos pocos miembros laicos en el Colegio Cardenalicio. A menudo se trataba de nobles importantes o de monjes que no eran sacerdotes y, en todos los casos, se establecía como requisito el celibato.

En 1917, el Código de Derecho Canónico promulgado ese mismo año establecía explícitamente que todos los cardenales debían ser sacerdotes.

En 1975, Pablo VI decidió excluir del derecho a participar en el cónclave a los cardenales que tuvieran 80 o más años y limitó el número de cardenales electores a 120. Este sigue siendo el número máximo de cardenales.

En 1996, Juan Pablo II promulgó una nueva constitución apostólica, que con dos ligeras modificaciones introducidas más tarde por Benedicto XVI, es la norma que rige todo lo relativo al período de sede vacante y a la organización y desarrollo del cónclave, aboliendo todas las constituciones anteriores sobre la materia, pero preservando muchos procedimientos que datan de épocas anteriores.

Hubo siempre una acomodación del cónclave como institución a las diversas circunstancias históricas y las vicisitudes y peligros por los que ha pasado. Ello refleja la preocupación de los papas por asegurar la continuidad del Vicario de Cristo como cabeza visible de la Iglesia.