El bussismo impulsa la sanción de una ley de ética en la función pública para Tucumán, similar a la norma que rige a nivel nacional. El texto tiene como objeto principal que haya un adecuado control patrimonial del Estado y prevé sanciones para los funcionarios que cometan alguna infracción.

El proyecto establece un conjunto de deberes, prohibiciones e incompatibilidades aplicables, sin excepción, a todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías, en forma permanente o transitoria, por elección popular, designación directa, por concurso o por cualquier otro medio legal, extendiéndose su aplicación a todos los magistrados, funcionarios y empleados del Estado.

“En los tiempos actuales, donde la ciudadanía nos reclama trasparencia y austeridad, debe ponerse sobre la mesa un sistema de control que garantice el cumplimiento de estos dos principios rectores a todo aquel que ejerza la función pública en nuestra provincia con una jerarquía superior, como es el presente”, plantearon en la iniciativa lo legisladores Ricardo Bussi y Eduardo Verón Guerra.

“Los legisladores, como caja de resonancia del pueblo, debemos atender al pedido de la ciudadanía respecto de eliminar toda sensación de lejanía entre la clase política y el resto de la población. La mejor manera de iniciar este camino es con la posibilidad de fiscalizar el comportamiento ético, como la trasparencia y publicidad del patrimonio de los funcionarios jerárquicos de la provincia”, añadieron los representantes de Fuerza Republicana en el recinto.

El proyecto adapta la ley nacional N° 25.188 sobre “Ética en el ejercicio de la función pública”. Entre otras cuestiones, se establece como órgano de control en cuanto a lo patrimonial al Tribunal de Ética de la Provincia, en sintonía con lo establecido por la  Constitución Provincial respecto de su función de fiscalización y control del patrimonio Estatal.

“En el sentido de los incumplimientos a los deberes éticos por parte de los sujetos alcanzados, se crea una comisión ad-hoc y ad-honorem que estará conformada por igual cantidad de miembro de cada uno de los poderes del Estado y dos miembros en representación de los ciudadanos, quienes deberán actuar tanto por pedido efectuado mediante denuncia como de oficio”, se plantea. “Asimismo se incorpora a los Estatutos y/o Reglamentos que regulan los procedimientos de sanción y/o remoción de los sujetos alcanzados por la presente las causales de violación a los principios de honestidad, probidad, rectitud, buena fe y austeridad republicana conforme se dispone en la presente ley”, se añade.

En el articulado se detallan todas las incompatibilidades, como la prohibición de recibir obsequios o donaciones.