Renegar del federalismo y abjurar de la república

Renegar del federalismo y abjurar de la república

Los mensajes presidenciales durante ante el pleno del Congreso de una nación no son un formalismo destinado a que el jefe de un gobierno dé un discurso, ya que tales figuras pueden hacer eso en cualquier momento que sea. Por el contrario, esa instancia está reservada para que un mandatario le hable a su pueblo a través de sus representantes.

En la historia continental ha habido ejemplos paradigmáticos. Estados Unidos abrazó el aislacionismo a partir del discurso de su presidente James Monroe, ante el Estado de la Unión, el 2 de diciembre de 1823. Debieron pasar 12 décadas, y dos guerras mundiales, para que otro mandatario, Harry Truman, abandonase esa política exterior en otro discurso ante las dos cámaras del Congreso, el 12 de marzo de 1947.

En la Argentina de la sempiterna neutralidad, los discursos presidenciales ante el Congreso tuvieron otro recorrido. Perón asumió en 1946 y abogó por la concordia de los argentinos. La pelea electoral ya había quedado atrás, aclaró, y habló sin revanchismos. El “Pocho” de 1954 ya era otro: su discurso de apertura de sesiones fue marcadamente personalista; él no dudó en identificar al pueblo con su persona, y viceversa; y declaró que la Argentina se divide antagónicamente en dos partes: el pueblo organizado y el antiperonismo.

Tras la vuelta de la democracia en 1983, los mensajes de Raúl Alfonsín hablaban de democracia y economía en los comienzos; algo más de economía en los años del plan Austral; casi sólo de democracia en el final, durante el hiperinflacionario 1989. Con Carlos Menem hubo mensajes presidenciales sobre reforma del Estado y reforma de la Constitución, con una carga ideológica cada vez menor con el correr de los años. El estatismo kirchnerista siguió un camino a la inversa. El último mensaje de Mauricio Macri, en 2019, fue “de campaña”: presentó su gobierno como la antítesis de los “K” en todos los planos de la política y de la administración del Estado.

La variedad discursiva argentina es, entonces, vasta. Sobre todo durante los 40 años de bendito régimen institucional. Pero aún en esa variedad, nunca un presidente de la democracia había empleado esa instancia para faltar a la verdad, para afrentar a otro poder de la república y para socavar los cimientos de la forma de gobierno constitucional. Nunca hasta el miércoles pasado.

“Intromisión”

“Mientras que muchas provincias necesitan realizar obras que permiten asegurar servicios tan esenciales como el agua potable para sus habitantes, la Corte Suprema de Justicia aseguró cautelar a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires recursos coparticipables que no le corresponden, contrariando la ley de coparticipación vigente. Les quita dinero a los que más necesitan y destina esos mismos recursos la ciudad más opulenta del país”, aseveró Fernández.

“No puedo ser indiferente al ver las asimetrías que separan a esta maravillosa ciudad de rincones de la Patria en donde se postergan los sueños de argentinos y argentinas que parecen condenados al olvido”, prosiguió. “Los recursos coparticipables se distribuyen de acuerdo a las formas establecidas por una ley convenio que han firmado cada una de las provincias argentinas y el Estado Nacional. La Ciudad Autónoma de Buenos Aires no forma parte de ese convenio. No tiene derechos sobre esos recursos. Debe recibirlos del Estado Nacional cuando este le transfiere un servicio que hasta ese momento prestaba”, aseveró. “La intromisión de la Justicia en la ejecución presupuestaria es definitivamente inadmisible”, concluyó.

Todo lo que el Presidente dijo en estos párrafos es refutado por la Ley 23.548: es la última Ley de Coparticipación Federal que se dictó en este país y data de 1988. Esta norma determinó dos niveles. Por un lado, la “Coparticipación primaria”, por la cual la Nación se queda con el 43,34% de las contribuciones y reparte el 54,66% en las provincias. Luego, la “Coparticipación secundaria” fija los porcentajes con los que se repartirá, en cada provincia, el 54,66% anterior.

El artículo 8 dice: “La Nación, de la parte que le corresponde conforme a esta Ley, entregará a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y al Territorio Nacional de Tierra del Fuego una participación compatible con los niveles históricos, la que no podrá ser inferior en términos constantes a la suma transferida en 1987”. Esto porque sólo en 1994, la reforma constitucional convertirá a Tierra del Fuego en provincia y a la Capital Federal en ciudad autónoma.

De esto surge que, en primer lugar, no es cierto que la CABA “no forma parte de este convenio” de coparticipación; ni mucho menos que “no tiene derechos sobre esos recursos”. En segundo lugar, no es cierto que la Corte Suprema, mediante una cautelar, “les quita dinero a los que más necesitan y destina esos mismos recursos a la ciudad más opulenta del país”. Los recursos para ese distrito no salen de la porción que de las provincias, sino “de la parte” de la Nación.

A partir de 1988, la Nación le asignó el 1,4% de índice de coparticipación a la CABA. En 2016, Mauricio Macri la elevó a 3,5% en nombre de que le transfería a la ciudad la Policía Federal Argentina y, con ello, la política de seguridad del distrito. En 2020, Alberto Fernández por decreto, y el Congreso por ley (tenía mayoría “K” hasta la debacle electoral de 2021) retrocedió al 1,4% histórico. El gobierno de Horacio Rodríguez Larreta promovió un amparo ante la Corte Suprema y el año pasado se dictó una cautelar: hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo, la Casa Rosada debe asignarle un índice de coparticipación del 2,9%. Es decir, un porcentaje intermedio entre la suba dada por Macri y el índice previo al traspaso de la Policía Federal.

Esto nos lleva a la tercera cuestión: ¿qué pasó con el dinero que el kirchnerismo les sacó a los porteños? No se repartió equitativamente entre todas las provincias, ciertamente: el 100% fue para la Provincia de Buenos Aires. Entonces, tampoco es cierto que el Presidente no puede “ser indiferente ante las asimetrías” por las cuales “muchas provincias necesitan realizar obras que permiten asegurar servicios tan esenciales”. El mandatario que como peronista porteño sólo conoce la derrota en ese distrito, decidió castigarlo. Resolvió desfinanciarlo y entregarle el resultado de ese saqueo a un bastión del peronismo como es el territorio bonaerense.

En cuarto lugar, no hubo “intromisión de la Justicia en la ejecución presupuestaria”. La Corte dictó una medida para proteger el derecho de un distrito (electoralmente desfavorable para el oficialismo) a no ser discriminado por un Gobierno para el beneficio de otro distrito (electoralmente afín). Pero al cuarto gobierno “K”, así como le disgusta cómo votan los ciudadanos de la capital, tampoco le gusta cómo votan los jueces del superior tribunal.

“Por asalto”

“Así como el Poder Ejecutivo padeció la intromisión del Poder Judicial en funciones que le son propias, este mismo Congreso debió soportar la intromisión en sus prerrogativas cuando la Corte Suprema se arrogó indebidamente la facultad de disponer cómo debe este cuerpo legislativo designar sus representantes ante el Consejo de la Magistratura. La gravedad institucional que todo eso supone es mayúscula”, leyó el jefe de Estado en su discurso ante el Congreso.

“Si la Corte Suprema no hubiera tomado por asalto al Consejo de la Magistratura, hoy Santa Fe no estaría padeciendo la carencia de tribunales que impiden enjuiciar con rapidez al crimen organizado que se ha expandido en su territorio. Lamentablemente, el accionar de los miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, nos llevó a presentar un pedido de juicio político ante la Cámara de Diputados que decidirá si los acusa ante el Senado”, concluyó.

Esta vez, es la historia la que desautoriza al Presidente de la Nación. De un lado, la historia del derecho positivo. El Consejo de la Magistratura, órgano clave del Poder Judicial porque selecciona, sanciona y remueve a sus miembros, nació con la reforma constitucional de 1994, de la Cristina Kirchner fue miembro. El artículo 114 ordena crear un cuerpo plural y equilibrado. Cristina se ocupó personalmente de ello en 1997, como impulsora de la Ley 24.937, que prevé 20 miembros. En 2006, cuando Néstor Kirchner era Presidente, ella cambia de parecer. Sostiene que el Consejo es lento y burocrático y que hay que sacrificar la pluralidad. Mediante la Ley 26.080 baja el número de miembros a 13. Siete corresponden al poder político. Cinco, al oficialismo. Se judicializa esta “jibarización” y, frente a lo insostenible del esquema, Cristina cambia de parecer una vez más: la Ley 26.855 amplía a 19 miembros el Consejo de la Magistratura, pero manda que a los representantes del Poder Judicial se los elija en las urnas como candidatos de los partidos políticos. La norma fue declarada inconstitucional y así pervivió la 26.080 hasta diciembre de 2021, cuando la Corte también la fulminó.

Rige desde entonces la Ley 24.937. Al Senado (al igual que Diputados) le corresponden, en ese consejo de 20 miembros, cuatro representantes: dos por la mayoría (el Frente de Todos), uno por la primera minoría (la UCR) y uno por la segunda minoría (el PRO). El año pasado, cuando llegó la hora de elegir el cuarto representante (con el Consejo de 13 miembros el Senado sólo sentaba tres), Cristina dividió el bloque oficialista en dos y de la bancada escindida consagró un consejero. Es decir, el kirchnerismo quiso quedarse con tres de las cuatro bancas del Consejo de la Magistratura mediante una maniobra que carece de “buena fe”. Así lo dijo la Corte en la decisión judicial que anuló la intención de la Vicepresidenta de la Nación.

Entonces, si alguien está tratando de tomar por asalto el Consejo de la Magistratura no es verdad que sea la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Finalmente, no es verdad que sea culpa del Poder Judicial que falten jueces federales por designar en la Argentina. Lo expuso el constitucionalista y decano de la acultad de Derecho de la Universidad Austral, Manuel José García Mansilla.

En un detallado informe de la estadística del Consejo de la Magistratura, el especialista da cuenta de que, entre 2000 y 2022, ese órgano remitió 1.013 ternas de jueces. De ellas, el Poder Ejecutivo Nacional, en esos 22 años, realizó sólo 934 designaciones.

García Mansilla añade que hoy son 246 las vacantes en el Poder Judicial de la Nación. La Casa Rosada tiene 51 designaciones pendientes con ternas ya elevadas. El Senado que preside Cristina tiene pendientes otras 24 que aún necesitan acuerdo.

¿Qué logra con esta mora el cuarto gobierno kirchnerista? Poder designar jueces subrogantes afines. Es decir, no es cierto que al oficialismo le importen la Justicia ni su independencia.

Lo cierto es que la Carta Magna de los argentinos dice en su artículo primero: “La Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa republicana federal, según lo establece la presente Constitución”. Pero el mensaje del Presidente reniega del federalismo, porque quiere un sistema en el cual él pueda asignar a cada distrito los recursos que quiera; e, igualmente, quitárselos. Y, a la vez, abjura de la república, porque no quiere una Justicia independiente. Eso, a la representatividad, exactamente, ¿dónde la deja?

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