El alcohol agravó la pena contra el autor de la tragedia en la autopista de Famaillá

El alcohol agravó la pena contra el autor de la tragedia en la autopista de Famaillá

Dante Adrián Juárez fue condenado a nueve años de cárcel por causar tres muertes. Los antecedentes muestran que fue una de las condenas más duras contra conductores.

DESTROZADO. Así quedó el Fiat Siena que Dante Adrián Juárez conducía alcoholizado y en ojotas al momento de chocar y ocasionar tres muertes. la gaceta / foto de hector peralta DESTROZADO. Así quedó el Fiat Siena que Dante Adrián Juárez conducía alcoholizado y en ojotas al momento de chocar y ocasionar tres muertes. la gaceta / foto de hector peralta
03 Enero 2022

Según se lee en la sentencia, “las circunstancias en las que se desarrollaron los hechos” fueron determinantes, más que el delito en sí, al momento de condenar a Dante Adrián Juárez a la pena de 9 años de prisión por el homicidio con dolo eventual que le costó la vida a tres personas en un accidente de tránsito.

La tragedia ocurrió el 17 de diciembre de 2016, cuando Juárez volvía alcoholizado de un cumpleaños (tenía 1,79 de alcohol en sangre) a bordo de un Fiat Siena.

El hombre conducía en ojotas el vehículo por la autopista San Miguel de Tucumán - Famaillá cuando de repente, para evitar un control policial que había bajo un puente, realizó una brusca maniobra con la cual impactó a un Renault Clio en el que viajaban militantes de Derechos Humanos.

Por el impacto fallecieron Natalia Ariñez, Alejandra Eugenia Würschmidt y Marianela Triunfetti; además resultaron heridas Silvia Susana Sandoval y María Julia Albarracín.

“Las circunstancias de tiempo, modo y ocasión, a pesar de lo que sugiere la primera lectura del texto legal, sirven para demostrar no tanto la peligrosidad del autor, sino, fundamentalmente, la gravedad del ilícito”, explica la sentencia, citando a Patricia Ziffer. El fallo lleva la firma de los cinco integrantes de la Corte Suprema de Justicia: Claudia Sbdar (votó en disidencia parcial), Daniel Posse, Daniel Leiva, Antonio Estofán (votó en disidencia parcial) y Eleonora Rodríguez Campos.

En junio, los representantes del máximo tribunal provincial rechazaron que Juárez fuera condenado a cuatro años de cárcel, y fundamentaron que la cantidad de alcohol ingerido por el acusado era uno de los motivos.

Se cita en el texto, al psiquiatra Alfredo Achával: “la ebriedad alcohólica tiene grados de gravedad”. Se precisa que además estaba superado el límite de ingesta que una persona podría tolerar.

Por la información que dieron los testigos se considera que los autos viajaban a una velocidad similar, mayor a 80 km/h al momento de colisionar. El accidente se dio en un momento de poco tránsito, de buena visibilidad y, según los testigos, porque Juárez quiso cambiar de carril -cruzando la banquina- y retomar la autopista en sentido contrario.

Al rechazarla resolución de cuatro años de pena, la Corte remitió la causa a la Sala I, integrada por los jueces Wendy Kassar, Fernanda Bähler y Raúl Cardozo para que fijaran una nueva graduación de pena. El 22 de diciembre ese tribunal fijo que la condena fuera por nueve años.

El precedente

Entre los casos similares, el que más se acerca en lo que hace a la figura y la pena aplicada ocurrió en 2016, en la ruta 302, a la salida del festival de Ranchillos.

En 2019, Jorge Alberto Sánchez reconoció su culpabilidad en el hecho y fue condenado a nueve años de prisión por el delito de homicidio con dolo eventual en perjuicio de Sol Álvarez, Ramona Giménez y Hugo Barrera.

El día del hecho, Sánchez conducía un Renault 9 cerca de la medianoche por la ruta 302, que transitaban muchos peatones porque el baile finalizaba. En determinado punto, el automovilista se desplazó sobre la banquina y atropelló a las tres víctimas. Según surge de la investigación, al ver que los testigos se acercaban, simuló estar inconsciente y luego aprovechó un descuido para darse a la fuga con el vehículo.

Días después, con ayuda de algunos familiares, desarmó el Renault 9 y ocultó las partes en un pozo que habían cavado en el fondo de su casa, en localidad de La Tala, Cruz Alta.

Fátima Sotelo, madre de Barrera, y Tamara Ayala, sobreviviente de la embestida, criticaron duramente que se diera “una condena baja para los hechos”.

Prisión condicional

En 2010, el canillita Raúl Marcelo Pucheta fue arrollado durante la madrugada por una camioneta Nissan Frontier en el cruce de las avenidas Mate de Luna y Alfredo Guzmán, en el límite entre la Capital y Yerba Buena.

Gonzalo Manuel Callejas, el conductor del vehículo, no se detuvo a auxiliar a la víctima y permaneció prófugo varias semanas hasta que una persona informó sobre su paradero y el de la camioneta.

Callejas fue acusado por homicidio con dolo eventual y abandono de persona. Sin embargo, en 2015, los jueces María Elisa Molina, Pedro Roldán Vázquez y Eduardo Romero Lascano (este último en disidencia) lo condenaron por homicidio culposo a cuatros años de prisión. “Esto es un mensaje nefasto para la sociedad”, protestó la hermana de Pucheta.

No se pidió arresto

En 2015, Joaquín Mariano Toledo, quien acababa de recibirse de abogado, intentó cruzar la avenida Mate de Luna, a la altura de la esquina con avenida Alem cuando fue embestido por un Volkswagen Bora.

Por este hecho, Raúl Enrique Álvarez fue condenado en 2019 a cinco años de prisión, pero cumple la sentencia en libertad dado que las partes acusadoras no solicitaron medidas de privación de libertad.

El fiscal Diego López Ávila, en su acusación, le reprochó al acusado que había llegado al cruce a una velocidad no menor a los 90 km/h, que cruzó el semáforo teniendo luz roja y que circulaba alcoholizado.

Tres años de prisión

En 2019, Sabrina Pasarín conducía una camioneta Chevrolet S10 por calle San Martín. Al llegar a la esquina de José Colombres embistió a un Chevrolet Corsa que era manejado por Rodrigo Carrizo, quien, por la fuerza del impacto salió despedido y murió en el acto.

La ex fiscal Adriana Giannoni acusó que al momento del hecho Pasarín circulaba con alcohol en sangre y que cruzó un semáforo en rojo a alta velocidad. Acusó a la joven por homicidio con dolo eventual. El juez Enrique Pedicone consideró que estaban ante un caso de homicidio culposo y la causa llegó a juicio con esa calificación.

Finalmente, en agosto pasado, la fiscal Marta Jerez, el representante de la querella, Jorge Lobo Aragón y el defensor José María Molina llegaron a un acuerdo por el cual Pasarín reconoció su culpabilidad en el hecho y aceptó la pena de tres años de prisión condicional. Además se comprometió a reparar económicamente a la viuda de Carrizo y a su hijo pequeño; y a cumplir con ciertas normas de conducta.

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