En Tribunales se trabajará con pase sanitario o con un PCR

En Tribunales se trabajará con pase sanitario o con un PCR

La Corte Suprema de la provincia evalúa habilitar una alternativa para los que no se hayan vacunado, para que todos acudan a trabajar.

LA OPCIÓN. El personal judicial que no se vacune y que deba cumplir tareas presenciales tendrá que realizarse un test de PCR todas las semanas. LA OPCIÓN. El personal judicial que no se vacune y que deba cumplir tareas presenciales tendrá que realizarse un test de PCR todas las semanas.

La Corte Suprema de Justicia de la provincia no dará marcha atrás con la exigencia del pase sanitario para el desarrollo de las tareas presenciales en las distintas sedes de los tribunales, pero evalúa habilitar durante la semana que viene una alternativa: quienes no hayan completado el esquema vacunatorio contra la covid-19 o manifiesten que no tienen intención de inmunizarse, deberán presentar un estudio de laboratorio que dé cuenta de que no se han contagiado de coronavirus.

Según confirmaron a LA GACETA encumbradas fuentes tribunalicias, la decisión está prácticamente tomada y se esperaba el retorno del presidente del alto tribunal para terminar de formalizar la cuestión. Daniel Leiva se encontraba ayer participando de la última reunión del año de la Junta Federal de Cortes (Jufejus) en Buenos Aires y, en principio, retornaría hoy a la provincia.

En concreto, los miembros del superior estrado judicial resolverían que aquellos miembros del Poder Judicial (magistrados, fiscales, defensores, funcionarios y empleados) que no hayan recibido dos dosis de vacunas presenten un análisis de PCR. Ese estudio sólo tendrá validez por siete días. Es decir, deberá ser renovado semanalmente. Lo que equivale a que habrá que completar el esquema vacunatorio o, de lo contrario, hisoparse cada siete días.

Motivos internos

La Corte comenzó a evaluar esta posibilidad por razones de funcionamiento del Poder Judicial y a partir de los planteos efectuados por los agentes internos de la Justicia.

Como se recordará, cuando el pasado miércoles comunicaron que se adherían a la exigencia del pase sanitario, las autoridades del Poder Judicial precisaron que aquellos que desarrollasen tareas presenciales y no pudieran acreditar haber recibido las dos dosis de la vacunación contra la covid-19 debían informarlo al jefe de la oficina en que se desempeñan para que se les asignen labores de trabajo remoto. (lo que se informa por separado)

Dos situaciones se produjeron a partir de ese hecho. La primera fue que, prácticamente, suman 250 las personas que comunicaron que no han recibido las dos dosis o que, directamente, no se vacunaron ni planean hacerlo.

La segunda reside en el descontento que, informalmente pero con consistencia, plantearon los que sí se vacunaron: ellos sí se presentarán a trabajar, cargarán con las tareas que los otros no, y ni ellos ganarán más ni los ausentes ganarán menos. Aunque no trascendieron los números concretos, desde el segundo piso del palacio del pasaje Vélez Sársfield 450 filtran que los jueces componen la población más escasa de los que no han completado el esquema vacunatorio. Por ejemplo, sólo hay un caso en San Miguel de Tucumán. En el otro extremo, donde más planteos de personal reticente a las vacunas habrían encontrado los encargados de las oficinas judiciales sería en el personal de maestranza.

La decisión de la Corte Suprema en favor de exigir un PCR semana como alternativa al pase sanitario surge, entonces, para no resentir el trabajo precisamente en el último mes del año (el 8, el 24 y el 31 no serán laborables). Y, además, para no resentir los ánimos “puertas adentro”, precisamente en el más susceptible de los momentos del año.

En cuanto al “espíritu” de las normas, lo que las autoridades judiciales plantean es la necesidad de plantear pautas de convivencia laboral que no generen conflictos. Reivindican, en ese sentido, que son cada vez más los países que están planteando restricciones laborales para aquellos trabajadores que no han completado sus esquemas vacunatorios. Y plantean que la opción por el certificado de PCR es una salida que garantiza las libertades individuales de quienes no quieren vacunarse, a la vez que certifica que se encuentran sanos.

La adhesión: los términos de la acordada 1.748

El miércoles pasado, la Corte Suprema estableció que todo el personal judicial deberá exhibir, al momento del ingreso a alguna dependencia, el carnet oficial de vacunación “del que surja esquema de vacunación completo” contra la covid-19. La acordada 1.748 establece que esa certificación puede presentarse de manera física (la libreta que se entregó en los centros de vacunación) o mediante credencial electrónica. El texto refrendado por los vocales Daniel Leiva, Antonio Estofán, Claudia Sbdar y Eleonora Rodríguez Campos (Daniel Posse estaba de licencia) determina que el personal que no esté vacunado deberá comunicarlo a sus jefes de oficina y trabajar de manera remota.

La aplicación: las audiencias, presenciales o remotas

Según informó la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, para todos aquellos casos en que se hubieran agendado audiencias de cualquier naturaleza, estas podrán desarrollarse tal y como citadas. Para el caso de que hubieran sido convocadas de manera presencial y alguno de los participantes no contase con el esquema de vacunación completo, su participación deberá darse de manera remota, dentro de la plataforma informática del Poder Judicial. Esta disposición estará vigente hasta la finalización del mes para todos los fueros judiciales, el Ministerio Público Fiscal, el Ministerio Pupilar y de la Defensa, los juzgados de paz y las oficinas dependientes del alto tribunal.

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