La oposición insiste: que cesen las intervenciones

Planteo para que el Gobierno respete una sentencia y normalice el Instituto de la Vivienda, el IPLA y el Instituto de Previsión Social

La oposición insiste: que cesen las intervenciones
23 Enero 2021

Con la firma del legislador Mario Casali (Fuerza Republicana), se formalizó una demanda en la Legislatura con respecto al fallo que exigía el cese en 60 días de la intervención del IPV (Instituto Provincial de Vivienda y Desarrollo Urbano), Ipsst (Instituto Provincial de Seguridad Social de Tucumán) e IPLA (Instituto Provincial de Lucha contra el Alcoholismo). La sentencia fue recurrida por el Poder Ejecutivo.

En el planteo presentado en defensa de lo exigido por Colombres Garmendia en 2015, se le solicita al gobernador que “tenga a bien instruir al fiscal de Estado, Federico Nazur, para que desista de la apelación interpuesta contra la sentencia recaída”. Y agrega: “a su vez lleve a cabo los actos necesarios para concretar la normalización institucional de los órganos de dirección de todos los entes autárquicos, en un todo de acuerdo con las normas legales vigentes”.

El pedido se realiza en base a que por las trabas puestas desde el Poder Ejecutivo se suspende indefinidamente un proceso que parecía estar llegando a buen puerto, y que tiene el fin de normalizar el funcionamiento de los entes autárquicos en la provincia.

“Encuentra su fundamento este proyecto, en el sentido que la intervención de los entes a que hace mención la sentencia (IPV, Ipsst e IPLA), fue un remedio de carácter excepcional y transitorio. Sin embargo, han transcurrido muchísimos años sin que se ponga coto a esta anómala situación, abusando el Estado de su facultad intervencionista, lo cual quedó al descubierto, cuando en el año 2007, el Ejecutivo vetó parcialmente la ley 7.878 suprimiendo los artículos que hacían referencia al límite temporal de las intervenciones, como así también lo relativo a la competencia de las autoridades designadas y a la obligatoriedad estatal de normalizar los entes”.

Es claro que el legislador de Fuerza Republicana pretende que la Legislatura sea quien inste al Ejecutivo para que desista de su recurso y normalice finalmente la situación de estos entes autárquicos.

El planteo continúa. “Como sabemos, toda autoridad pública está sujeta a la Constitución y el orden jurídico, fallos anteriores ya han sentado el precedente que toda intervención debe tener un plazo de vigencia, y para el supuesto e hipotético caso que no lo tuviera, el mismo consistiría en el tiempo necesario para el cumplimiento de su cometido”.

En cuanto a la ley mencionada en la resolución -la 7.878-, al ser parcialmente vetada antes de su promulgación en 2007, fue despojada de cualquier tipo de mención al tiempo en el que el interventor debía realizar su tarea de normalización del ente autárquico, y frente a esto, las demandas de los opositores parecen quedar sin sustento jurídico.

Pero, como informó LA GACETA, existe un antecedente jurídico a favor. Un fallo de la misma sala que ahora trata el caso (Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo) de 2008, expresa “en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada” que “toda intervención debe tener un plazo de vigencia” y que es siempre “temporaria”. Cabe recordar que Ipsst e IPV están intervenidos hace 28 años, mientras que IPLA, hace 20.

“Tampoco debemos olvidarnos que el gobernador, en su campaña electoral, prometió llevar a cabo las gestiones necesarias para la normalización de los entes, y apelar hoy la citada sentencia no tan sólo es antijurídico sino inmoral, ya que no implica otra cosa, sino la concentración desmedida de poder de quien detenta la máxima autoridad de la provincia”, añadió el legislador Casali.

Así, podemos ver como el apoyo de la oposición al ex legislador Colombres Garmendia se formaliza y toma aún más fuerza.

Disidencia

Sin embargo, no debemos olvidar que existe una disidencia al pedido de normalización de los entes, cuya principal voz ha sido la camarista Casas, quien afirmó que “no basta la sola condición de ciudadano y contribuyente para acreditar la calidad de afectado, en los términos del artículo 43 de la Constitución nacional, sino que es necesario acreditar el agravio, es decir su relación con el objeto de protección”, en relación a que el demandante ya no ocupa el cargo de legislador, por tanto no poseería la legitimidad suficiente.

Además, la camarista, invoca un antecedente que iría en perjuicio del fallo ya dictado por la Sala II de la Cámara de lo Contencioso Administrativo, puesto que el proyecto de regularización de los entes autárquicos fue presentado por el ex legislador del PRO como proyecto y este no prosperó.

“La Corte nacional expuso con claridad que en situaciones como la apuntada, otorgar legitimación activa a los parlamentarios ‘significaría admitir que cada vez que el voto en el recinto no sea suficiente para alcanzar las mayorías requeridas por las respectivas reglamentaciones para convertir un proyecto en ley puedan obtener, por vía judicial, un derecho que va más allá que el conferido por su propio cargo de legislador”, agrega.

Por lo pronto, las repercusiones de la resolución presentada por Casali todavía no se han visto, y el fallo, y por consiguiente, el cese de la intervención a IPV, Ipsst e IPLA sigue en suspenso, en tanto el recurso presentado por el gobierno provincial no se agote.

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