El caso "Verón" llega a la Corte Suprema

El caso "Verón" llega a la Corte Suprema

Tras la concesión del recurso de casación, el alto tribunal de la provincia recibió los casi 70 cuerpos que componen el expediente. La Corte debe integrarse para revisar la polémica sentencia que emitió el 11 de diciembre pasado la Sala II de la Cámara Penal

EN SUS MANOS. Los miembros de la Corte Suprema deberán resolver ahora sobre el fallo Verón y acerca de la situación de los jueces que lo firmaron. LA GACETA / FOTO DE FRANCO VERA (ARCHIVO) EN SUS MANOS. Los miembros de la Corte Suprema deberán resolver ahora sobre el fallo "Verón" y acerca de la situación de los jueces que lo firmaron. LA GACETA / FOTO DE FRANCO VERA (ARCHIVO)
21 Febrero 2013
Todo un operativo exigió el traslado del expediente del caso "Verón" (técnicamente caratulado "Íñigo, David Gustavo y otros s/ Privación ilegítima de la libertad y corrupción") desde la Sala II de la Cámara Penal, en los Tribunales del ex Comando, hasta la Corte Suprema de Justicia de Tucumán (CSJT), en el Palacio de la calle 9 de Julio. Ocurre que la causa iniciada en 2002 a esta altura tiene casi 70 cuerpos: este martes, ese caudal de información ingresó física y oficialmente en el alto tribunal que revisará la explosiva sentencia del 11 de diciembre pasado que, tras diez meses de juicio oral, emitieron los vocales de la Sala II: Alberto Piedrabuena -presidente-, Emilio Herrera Molina y Eduardo Romero Lascano.

Aquel fallo -también voluminosísimo- concluyó que no fue desvirtuada la presunción de inocencia de los 13 acusados del secuestro y la promoción de la prostitución de María de los Ángeles "Marita" Verón. El lunes 4 de febrero, durante el segundo día hábil judicial después de la feria de enero, Susana Trimarco, la mamá de la joven desaparecida, presentó el recurso de casación contra la decisión absolutoria. Previamente, la candidata al Nobel de la Paz había iniciado un proceso de remoción de los magistrados de la Sala II en la comisión de juicio político de la Legislatura de Tucumán.

Aunque no fueron recusados por parte de Trimarco en el expediente, los jueces Piedrabuena, Herrera Molina y Romero Lascano optaron por excusarse de resolver sobre la casación por "insultos e imputaciones delictivas difundidas en los medios de comunicación nacionales y provinciales por los letrados apoderados de la querella y de la acción civil, así como también por Trimarco, interesada en la causa". La semana pasada, la Sala I de la Cámara Penal (integrada por los vocales Pedro Roldán Vázquez, Alfonso Zóttoli y Emilio Páez de la Torre) rechazó la excusación -ver abajo-. Como consecuencia de ello, la Sala II resolvió habilitar la casación y remitir la causa a la Corte Suprema.

Integración incierta

El próximo paso en esta compleja historia judicial es la integración del alto tribunal que revisará el fallo de la Sala II. En principio, deberían entender en el caso "Verón" los vocales que conforman la sala civil y penal: Antonio Estofán (titular de la Corte), Antonio Gandur y Daniel Posse. Pero este último se excusaría por su parentesco con el abogado Carlos Posse, defensor de los imputados José Fernando Gómez, Lidia Irma Medina, María Azucena Márquez y Mariana Natalia Bustos. Daniel Posse, además, representa al alto tribunal en el Jurado de Enjuiciamiento que eventualmente podría destituir a los magistrados Piedrabuena, Herrera Molina y Romero Lascano (el vocal René Goane es el miembro suplente de la Corte en el Jury).

La intervención de Estofán presenta otro problema. En las jornadas posteriores al fallo de la Sala II -y en medio del revuelvo político y social que este ocasionó-, el magistrado dijo al canal C5N: "la causa va a llegar seguro a la Corte y ahí yo voy a votar. Seguramente ese expediente no tendrá la misma sentencia". Como en esa instancia no caben más opciones que la confirmación de la absolución, o la decisión de anular el juicio oral o condenar a algunos o a todos los acusados absueltos, el defensor Posse interpretó que Estofán había incurrido en prejuzgamiento y anticipó que intentará apartarlo del alto tribunal que entienda en la apelación. Este hipotético planteo de recusación tiene resultado incierto, puesto que Estofán negó, con posterioridad, haber adelantado la forma en que votará y, de ese modo, haber quebrado la garantía de imparcialidad.

Ya sea por el apartamiento voluntario u obligado de Daniel Posse y de Estofán, o de uno de los dos, posiblemente la Corte sea integrada con la vocal Claudia Sbdar (Goane, además de participar en el Jurado, está de licencia por enfermedad). De ahí en más, habría que aplicar la Ley Orgánica de Tribunales que ordena recurrir sucesivamente a un vocal de Cámara; a los jueces de primera instancia en condiciones de desempeñarse como camaristas y a los conjueces incluidos en los listados que anualmente confecciona la Corte. Ese alto tribunal tiene pendiente definir si se declara competente en el amparo que presentó el juez Herrera Molina contra el decreto del gobernador José Alperovich que rechazó su dimisión a la magistratura. En el ínterin y si la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo aplica el mismo criterio que en el juicio de Herrera Molina, la Corte también podría juzgar la acción declarativa de inconstitucionalidad que interpuso el juez Romero Lascano contra la integración del Jurado de Enjuiciamiento.

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