"Es un fallo que les da un poco más de justicia a los jubilados"

La experta Teresa Apud de Giuliano elogió la sentencia que obliga a la Anses a reconocer como mínimo el 70% del salario al haber jubilatorio.

20 Noviembre 2010
Un ex trabajador de la Armada y de YPF, jubilado en 2001, percibirá un haber mensual cuyo monto mínimo corresponderá al 70% del salario promedio actualizado de sus últimos 10 años de actividad. Así lo establece un fallo dispuesto el jueves por los jueces Néstor Fasciolo y Juan Poclava Lafuente -con el voto en disidencia de Martín Laclau-, de la Cámara de la Seguridad Social. La experta en asuntos previsionales del Colegio de Contadores, Teresa Apud de Giuliano, afirmó a LA GACETA que "la sentencia viene a dar un poco más de justicia a la clase pasiva", en su afán de lograr que se les reconozca un ingreso mensual digno.

En la actualidad, una jubilación representa el 48,5% del salario de los últimos 10 años de actividad. Y los jubilados reclaman una ley que determine que ese porcentaje sea del 82% -de hecho, aprobada por el Congreso este año y luego vetada por la presidenta, Cristina Fernández de Kirchner-. Ese porcentaje no es casual, sino que proviene de la ley previsional 18.037 que rigió hasta 1994 -cuando fue reemplazada por la 24.241- y que establecía una escala de porcentajes según la cantidad de años de servicio. Apud de Giuliano explicó que este fallo le ordena a la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) que le abone al demandante al menos el 70% del promedio de los salarios actualizados que aportó en los últimos 10 de actividad (trabajó hasta 1993). Y ese 70% -y no un porcentaje mayor- guarda relación con que no llegó a los 30 años de servicio, debido a que por sus actividades -Armada e YPF- se trata de una jubilación especial con retiro anticipado. "Este fallo le ha dado la posibilidad a este pobre jubilado que cobre al menos la base", dijo la especialista. Sin embargo, advirtió que sigue siendo más beneficioso para los jubilados el fallo Badaro, de 2006, en el que la Corte de la Nación reconoció a un jubilado su derecho a una actualización de haberes que guarde relación con la evolución de los precios y de los sueldos de los activos. "Los dos primeros jueces -Fasciolo y Poclava Lafuente- ordenan que se pague al menos el 70%. Pero el que vota en disidencia Laclau- dice que además debe aplicarse Badaro. Es decir, va al 82%. El voto de Laclau es el mejor", reseñó Apud de Giuliano.

Dijo que al jubilado beneficiado con el último fallo, la Anses -salvo si decide apelar la sentencia ante la Corte- le pagará el haber actualizado, más los intereses y la mora. De todas maneras, ahora -siempre y cuando no recurra a la Corte- la Anses puede demorar al menos un año y medio hasta que empiece a hacerse efectivo el pago conforme a la sentencia de la Cámara.

Comentarios