Obligan a un abuelo a mantener a sus nietos

La Justicia considera que ante la imposibilidad del padre de hacer el aporte complementario, lo debe realizar el pariente más próximo.

16 Octubre 2007
La Justicia ratificó que, ante la imposibilidad de que uno de los progenitores colabore con el otro en atender las necesidades alimentarias de los hijos, resulta necesario el aporte complementario del pariente más próximo. La sala II de la Cámara en Familia y Sucesiones confirmó que un abuelo paterno (profesional que forma parte de una sociedad anónima) debe contribuir al sostenimiento de sus tres nietos menores. Esta obligación, originariamente, le había sido impuesta al padre, contra quien la madre (están divorciados) había iniciado un juicio de alimentos. Pero, frente al incumplimiento de este último, debió recurrir al abuelo.

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