05 Junio 2007 Seguir en 
Con el número 7.882, el Poder Ejecutivo promulgó la ley mediante la cual se dispone que la Dirección General de Rentas lanzará, hasta el 31 de julio inclusive, un plan de facilidades de pagos de deudas impositivas.
La norma en cuestión sería publicada mañana en el Boletín Oficial de la Provincia, según estimaron voceros de la Casa de Gobierno. Si es así, esta suerte de moratoria -la segunda en lo que va de la gestión del gobernador José Alperovich- se pondrá en marcha el jueves que viene, indicó ayer a LA GACETA el director de Rentas, Pablo Clavarino.
La ley, en su artículo 1, establece con carácter general y temporario la vigencia de un régimen excepcional de facilidades de pago, aplicable para la cancelación total o parcial -al contado o mediante pagos parciales- de deudas vencidas y exigibles al 31 de diciembre pasado. Según las estimaciones del director de Rentas, se espera que más de 30.000 contribuyentes deudores de todos los impuestos concurran a la sede del organismo a regularizar su situación. La deuda global de los morosos supera los $ 130 millones.
Condiciones
Según la ley, el régimen alcanzará a las siguientes deudas:
Las incluidas en planes de pagos vigentes o los que hayan caducado.
Las que se originaron por la fiscalización de Rentas.
Las que se encuentren en proceso de determinación o discusión administrativa o en trámite judicial de cobro, cualquiera sea su etapa procesal.
Las retenciones, percepciones o recaudaciones practicadas y no ingresadas, y las no efectuadas.
Las tasas retributivas de servicios y la tasa del Uso del Agua.
Para esta oportunidad, el Poder Ejecutivo también decidió bajar el monto mínimo de la cuota que pagará el deudor mensualmente. Así, por ejemplo, la Dirección de Rentas estableció en $ 20 el pago parcial de capital en los impuestos sobre los Ingresos Brutos y Salud Pública. Para el caso de Sellos, la cuota mínima será de $ 50, mientras que para las retenciones percepciones o recaudaciones practicadas y no ingresadas fue establecida en $ 200.
La mayor parte de los deudores se encuadran dentro de los impuestos de Automotor e Inmobiliario. Para ambas situaciones, Rentas estableció una cuota mínima de $ 16,67.
La norma en cuestión sería publicada mañana en el Boletín Oficial de la Provincia, según estimaron voceros de la Casa de Gobierno. Si es así, esta suerte de moratoria -la segunda en lo que va de la gestión del gobernador José Alperovich- se pondrá en marcha el jueves que viene, indicó ayer a LA GACETA el director de Rentas, Pablo Clavarino.
La ley, en su artículo 1, establece con carácter general y temporario la vigencia de un régimen excepcional de facilidades de pago, aplicable para la cancelación total o parcial -al contado o mediante pagos parciales- de deudas vencidas y exigibles al 31 de diciembre pasado. Según las estimaciones del director de Rentas, se espera que más de 30.000 contribuyentes deudores de todos los impuestos concurran a la sede del organismo a regularizar su situación. La deuda global de los morosos supera los $ 130 millones.
Condiciones
Según la ley, el régimen alcanzará a las siguientes deudas:
Las incluidas en planes de pagos vigentes o los que hayan caducado.
Las que se originaron por la fiscalización de Rentas.
Las que se encuentren en proceso de determinación o discusión administrativa o en trámite judicial de cobro, cualquiera sea su etapa procesal.
Las retenciones, percepciones o recaudaciones practicadas y no ingresadas, y las no efectuadas.
Las tasas retributivas de servicios y la tasa del Uso del Agua.
Para esta oportunidad, el Poder Ejecutivo también decidió bajar el monto mínimo de la cuota que pagará el deudor mensualmente. Así, por ejemplo, la Dirección de Rentas estableció en $ 20 el pago parcial de capital en los impuestos sobre los Ingresos Brutos y Salud Pública. Para el caso de Sellos, la cuota mínima será de $ 50, mientras que para las retenciones percepciones o recaudaciones practicadas y no ingresadas fue establecida en $ 200.
La mayor parte de los deudores se encuadran dentro de los impuestos de Automotor e Inmobiliario. Para ambas situaciones, Rentas estableció una cuota mínima de $ 16,67.







