Pensión para familiares de trabajadores esenciales fallecidos por covid-19

ANSES. La pensión está destinada para los derechohabitantes de la personada fallecida.
ANSES. La pensión está destinada para los derechohabitantes de la personada fallecida. (Imagen Web)

Escuchar nota

Tu navegador no soporta HTML5 audio

Durante los años más difíciles de la pandemia hubo miles de trabajadores que continuaron cumpliendo tareas presenciales mientras gran parte de la población permanecía aislada. Médicos, enfermeros, personal de salud, fuerzas de seguridad, bomberos, trabajadores migratorios, aduaneros y recolectores de residuos estuvieron en la primera línea de exposición al virus. Como reconocimiento a ese esfuerzo, la Ley N.º 27.549 creó una pensión graciable y vitalicia destinada a los familiares de aquellos trabajadores esenciales que fallecieron como consecuencia de Covid-19. Sin embargo, a más de cinco años de la sanción de la norma, todavía existen familias que desconocen la existencia de este beneficio o que nunca iniciaron el trámite correspondiente.

Beneficiarios

La pensión está destinada a los derechohabientes del trabajador fallecido, es decir:

- Cónyuge supérstite.

- Conviviente

- Hijos menores de edad hasta los 21 años o 25 si estudian

- Hijos con discapacidad sin límite de edad.

¿Qué requisitos deben cumplirse?

El trabajador fallecido debió:

- Haber prestado tareas presenciales durante la emergencia sanitaria.

- Pertenecer a alguno de los sectores contemplados por la ley.

- Haber fallecido como consecuencia de COVID-19, circunstancia que debe encontrarse debidamente acreditada con historia clínica que avale la causa del fallecimiento

Compatible

Uno de los aspectos más importantes es que esta pensión resulta compatible con las prestaciones previsionales del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), permitiendo que la familia pueda percibirla además de otros beneficios previsionales que le correspondan.

Realidad que cambió

Cuando la ley fue sancionada se estableció como requisito que el fallecimiento hubiera ocurrido dentro de un período determinado de la pandemia, entre marzo y septiembre del 2020. Sin embargo, todos recordamos que la emergencia sanitaria continuó durante mucho más tiempo y que numerosos trabajadores esenciales siguieron perdiendo la vida durante los años posteriores. Por ese motivo se han presentado en el Congreso distintos proyectos tendientes a ampliar el alcance temporal del beneficio y extender la cobertura a los fallecimientos producidos con posterioridad al plazo originalmente previsto por la ley, estos proyectos (actuales , año 2026) buscan modificar el texto originario de la ley y extender el plazo de fallecimiento hasta el 31 de diciembre del 2020. Actualmente existen iniciativas legislativas que buscan reconocer a las familias de trabajadores esenciales fallecidos durante etapas posteriores de la pandemia.

Consultar

Muchas veces las familias atraviesan situaciones complejas y desconocen los derechos que la legislación les reconoce. Por ello, si un familiar directo prestó servicios esenciales durante la pandemia y falleció como consecuencia de Covid-19, resulta fundamental realizar una consulta profesional para verificar si existe derecho a esta pensión especial y analizar la documentación necesaria para iniciar el trámite.

Comentarios