Cartas de lectores: la tarea del abogado

Cartas de lectores: la tarea del abogado

25 Agosto 2023

La carta del Dr. Robles del 23/08 es de sanidad judicial sobre las falencias en las instituciones y sobre todo en el ámbito judicial. Ciertas situaciones estaban permitidas en la pandemia, pero ya lejos de la misma se aplican situaciones de violaciones al derecho subjetivo, ya que algunos jueces y juzgados implementaron que los abogados trabajen sábados, domingos y feriados, convirtiendo estos en días hábiles. Y lo más curioso es que los decretos o cédulas que se envían esos días llevan la fecha del día inhábil, de lo que se desprende que el juez y su secretario estaban trabajando, y no se sabe si en el propio tribunales o en la confitería; y lo más grave, y se puede llegar a suponer es que cobren por esas tareas judiciales por suponerse que son horas extra, situación anormal a la que la Excma. Corte Suprema debe poner coto. La única excepción es en caso de urgencia acreditada y con habilitación de día y hora (Habeas corpus, casos de protección de personas, etc. ) El código procesal, las acordadas, la ley de contrato de trabajo establecen junto con el Senado de la Nación cuáles son los días inhábiles y que el trabajo no se presume gratuito. Hay caso de notificación en días feriados de carnaval. Existen situaciones de privilegio, ya que hay todavía jueces y funcionarios que trabajan en su casa, y cuando se pide hablar con quien lleva la causa, informan que recién tal día viene porque trabaja desde la casa. La actividad de estos jueces que crean situaciones procesales inexistentes, y que la dan a conocer cuando la aplican, se asemeja mucho a los sacerdotes en la primera época romana, que eran los depositarios del procedimiento, por lo que en un juicio recién las partes se enteraban de las normas subjetivas. Por ello el derecho pretoriano, suplantó a los sacerdotes y se convirtieron en jueces y dieron a luz el procedimiento a aplicar en los juicios, y allí nace el abogado. Pero en la etapa que nos  ocupa, el juez no puede ser pretoriano, es decir crear derechos subjetivos y objetivos, y esto es el fundamento de la república, que las leyes se crean en el ámbito de los legisladores. El juez en esta absurdas creaciones pretorianas, están a bordo del prevaricato. El Colegio de Abogados no se creó solo por la matrícula - que antes estaba en poder del Estado- ya que es solo un trámite administrativo; el fundamento esencial fue, es y debe ser la defensa del ejercicio profesional, ante las arbitrariedades, el dogmatismo y el absolutismo de los jueces. Es evidente que no todos los jueces aplican estas prácticas, y cuando hay falencias, surge la facultad del juicio político y las sanciones establecidas por la Corte; como así también el Colegio de abogados tiene el tribunal de Ética por mala praxis de los profesionales.

Gustavo Brígido Terán Molina

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