Se agranda la ventaja femenina en el electorado

Se agranda la ventaja femenina en el electorado

Más de medio millón de mujeres en el padrón.

14 Mayo 2009
Las mujeres de más de 18 años siguen siendo neta mayoría en Tucumán. De hecho, según la información brindada por la Justicia Electoral Nacional, la diferente entre la cantidad de votantes masculinos y femeninos que figuran en el padrón es la mayor de los últimos años.
Las tucumanas empadronadas son 23.604 más que los varones habilitados para votar. Ello implica que la brecha aumentó en 300 votantes, siempre en favor de las mujeres, respecto de 2007.

Los listados
Ayer se conocieron las cifras definitivas de votantes para el 28 de junio, y en la provincia hay poco más de 980.000 habilitados, lo que implica un incremento de 30.000 ciudadanos respecto de octubre de 2007.
La nómina será enviada a la Capital Federal para su impresión, que estará a cargo de la Nación.
Los listados serán distribuidos y exhibidos a partir del viernes 29, según lo determinado en el cronograma electoral nacional. Desde ese momento se habilitará un período excepcionalísimo para un último control, que sólo podrá hacerse para subsanar errores u omisiones graves en el listado. Las presentaciones en estos casos vencen el 8 de junio.

Una sola papeleta
La Junta Electoral Nacional (la JEN está integrada por Ernesto Clemente Wayar, Antonio Gandur y Daniel Bejas) resolvió ayer, durante su reunión semanal, que habrá una sola papeleta por partido o frente que presente candidatos.
La dimensión será de 12 por 19 centímetros (tamaño fijado por el artículo 62 del Código Electoral Nacional), y habrá una línea punteada en el medio para separar a los postulantes al Senado de los que se presentan para la Cámara de Diputados.
La decisión fue adoptada para reducir los costos de las agrupaciones que participarán de la contienda, ya que la impresión del millón de votos rondará los $ 28.000. Por ello, se desestimó la opción de que se presenten dos boletas distintas de de las mismas dimensiones, una con la lista para la Cámara Alta y la otra, para la Baja.
La JEN ratificó además su criterio de que no se permitirán imágenes del candidato en las boletas electorales, pero sí los logos, siglas, escudos, símbolos o fotos de sus referentes históricos en la medida en que estén registrados por los respectivos partidos o frentes.
De esta manera, se acata lo dispuesto por la Cámara Nacional Electoral en una sentencia plenaria vinculante, respecto de la aplicación del artículo 62, inciso 2, del Código Electoral Nacional.
En cambio, se aceptaría la impresión de los apodos de los postulantes en tanto sean conocidos de esa manera por el electorado. Así se da certeza a la intención del votante en su sufragio.

Comentarios