La Justicia avaló el accionar policial contra los que violan la cuarentena

La Justicia avaló el accionar policial contra los que violan la cuarentena

El juez Facundo Maggio rechazó la acción de Habeas Corpus que había interpuesto el abogado Guillermo Petros.

JUEZ DE INSTRUCCIÓN. Facundo Maggio en una imagen de archivo.  JUEZ DE INSTRUCCIÓN. Facundo Maggio en una imagen de archivo.
21 Abril 2020

La Justicia rechazó el planteo que había formulado el abogado Guillermo Petros, en contra de las amenazas de privación de la libertad ambulatoria, por parte de la Policía provincial, contra aquellos ciudadanos que circulen durante el período de cuarentena.

JUEZ DE INSTRUCCIÓN. Facundo Maggio en una imagen de archivo.  JUEZ DE INSTRUCCIÓN. Facundo Maggio en una imagen de archivo.

El juez de instrucción Penal de la IIª Nominación, Facundo Maggio, no hizo lugar a la acción de Habeas Corpus que Petros había solicitado para su persona. En paralelo, declaró inadmisible la presentación que el abogado había elevado en favor de todos los habitantes de Tucumán.

El Habeas Corpus había sido presentado el viernes, al número de WhatsApp que ese Juzgado habilitó debido a las restricciones que imperan en el ámbito de Tribunales, a raíz de la situación sanitaria. Entre otros, Petros había basado su planteo sobre la base del video viralizado que muestra agentes que maltratan a una persona mayor, en el marco de su detención porque, presuntamente, había violado el aislamiento obligatorio vigente.

Para tomar la decisión, Maggio solicitó un informe del Ministerio de Seguridad de la Provincia. "Los organismos que dependen del (Ministerio de Seguridad de la Provincia) -especialmente la Policía de Tucumán- actúan dentro del marco de los principios de razonabilidad, juridicidad, necesidad, proporcionalidad y progresividad, propio de un Estado de Derecho, acatando las directivas impuestas en los Decretos de Necesidad y Urgencia (presidenciales), la Constitución Nacional, Provincial y en especial los Tratados Internacionales de Derechos Humanos", dice parte del informe, citado en la resolución judicial. Respecto del episodio con el ciudadano mayor, añade que se iniciaron de manera inmediata las actuaciones administrativas pertinentes.

De acuerdo a lo que prevé el código, Maggio realizó la audiencia con el abogado -vía Zoom-, el sábado, entre las 20.30 y las 21.15. "Atento a lo expresamente manifestado por Petros surge que él no ha tenido problema de circulación, pero sí tuvo conocimiento (a través de las redes sociales) de presuntos abusos policiales (...). El Habeas Corpus preventivo individual tiene como directa y principal finalidad la evitación y consolidación de un perjuicio sobre la libertad física cuando ella se ve amenazada o puesta en peligro. Ahora bien, dicha amenaza (debe ser) inminente y seria; no potencial ni conjetural", dice el juez, en su argumentación.

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