En un fallo de alto impacto, la Corte exime a los jubilados de pagar Ganancias

El máximo tribunal consideró que se trata de una doble imposición. La decisión alcanza a unas 400 causas que se tramitan en la Corte.

LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN EN PLENO. Ricardo Luis Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti en el acto de ayer.  LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN EN PLENO. Ricardo Luis Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti en el acto de ayer. ARCHIVO
26 Marzo 2019

Tal como se preveía, la Corte Suprema de Justicia de la Nación determinó que los jubilados están eximidos de pagar el impuesto a las ganancias sobre sus haberes jubilatorios. Además, instó al Congreso a sancionar una nueva ley en la materia.

El máximo tribunal declaró, para el caso concreto y por mayoría, la inconstitucionalidad de las normas de la Ley de Impuesto a las Ganancias que gravan los haberes jubilatorios y de pensión.

La decisión, que se tomó por mayoría, afecta a unas 400 causas que están tramitando en la Corte. El único voto en contra fue el del presidente del tribunal, Carlos Rosenkrantz.

Según estimaciones, tributan Ganancias sobre sus haberes unos 300.000 jubilados. Según la Corte, no deben pagar porque se trataría de una doble imposición: ya pagaron cuando estaban en actividad.

El fallo favorable de la Corte Suprema, tras recordar el alcance de los "principios de igualdad y de razonabilidad en materia tributaria", explicó que la reforma constitucional de 1994 garantizó "la igualdad real de oportunidades y de trato" a favor de los jubilados, como grupo vulnerable (art. 75 inc. 23). Asegura que "el envejecimiento y la enfermedad son causas determinantes de vulnerabilidad que obligan a los jubilados a contar con mayores recursos para no ver comprometida su existencia y calidad de vida".

El fallo concluye en que no puede retenerse ninguna suma por impuesto a las Ganancias a la jubilación de la demandante hasta que el Congreso dicte una ley que exima a las jubilaciones de este impuesto, debiendo reintegrarse a María Isabel García (la demandante) los montos retenidos desde la interposición del reclamo.

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