Hoy vence el plazo para la recategorización del Monotributo: ¿Qué tengo que hacer?

Hoy vence el plazo para la recategorización del Monotributo: ¿Qué tengo que hacer?

El trámite es obligatorio para quienes hayan aumentado o disminuido en algunos parámetros. Se debe hacer vía web o desde el celular.

NO PIERDAS TIEMPO. El trámite puede demorar algunos minutos y no es necesario hacerlo en una oficina del organismo. NO PIERDAS TIEMPO. El trámite puede demorar algunos minutos y no es necesario hacerlo en una oficina del organismo. ARCHIVO LA GACETA
21 Enero 2019

Hoy vence el plazo para realizar la recategorización de categoría y el pago mensual del Monotributo, informó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Esta operación puede hacerse desde la aplicación móvil o desde la web, y resulta obligatoria para quienes hayan cambiado sus parámetros de categorización.

La entidad que dirige Leandro Cuccioli destacó a través de un comunicado que la operación se puede hacer desde la página www.monotributo.afip.gob.ar o desde la aplicación móvil "Mi Monotributo" disponible en iOS y Android.

La recategorización es obligatoria para quienes hayan aumentado o disminuido algunos de sus parámetros de categorización como ser facturación, consumos eléctrico, o superficie, entre otros.

Para realizar la confirmación se necesita tener la Clave Fiscal nivel de seguridad 2 o superior.

Cabe recordar que desde enero rigen los nuevos valores tanto los aportes mensuales a cargo de los contribuyentes como los montos de facturación máxima.

El monto a pagar es en base a la variación que haya mostrado la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte).

Para la recategorización los monotributistas deberán calcular los ingresos acumulados y la energía eléctrica utilizada en los 12 meses anteriores, así como la superficie afectada, recordó Télam.

Si los parámetros son superiores o inferiores a su categoría actual deberá recategorizarse. El valor de la nueva categoría lo pagarán con la cuota de febrero.

Si pasaron 6 meses completos o más desde el inicio de actividades al momento de la recategorización, se deberán anualizar los parámetros para la recategorización.

Es decir, sumando los ingresos del semestre y dividirlos por 6 meses, luego multiplicar por 12.

De no haber transcurrido seis meses completos, se mantendrá la categorización inicial hasta el momento de la primera recategorización.

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