Consejeros cierran y abren nueve concursos

Consejeros cierran y abren nueve concursos

Empieza la integración del tribunal con mayor poder de la nueva Justicia penal.

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La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Instrucción “morirá” como “nació”: con tres integrantes únicos para la revisión de todas las investigaciones de la provincia. Sucede que el Consejo Asesor de la Magistratura (CAM) dio de baja los nueve concursos que había abierto hace dos años -y que estaban detenidos de facto- para ampliar ese estrado. En el mismo acto, el órgano abrió otros tantos procesos para preseleccionar a los futuros integrantes del Tribunal de Impugnación,el órgano más poderoso de la nueva Justicia penal porque asumirá la tarea de la antigua Cámara y, además, la que hasta el presente desarrolla la Corte Suprema de Justicia de Tucumán: revisar los fallos emanados del juicio oral.

Este cuerpo judicial recién nacido, que absorberá a los dos camaristas de Apelaciones, Eudoro Albo y Enrique Pedicone, y a quien reemplace a Liliana Vitar (se jubiló), forma parte del régimen procesal penal que en teoría comenzará a funcionar en febrero, en todos los centros judiciales. El CAM dispone de 143 días corridos -incluida la feria de verano- para confeccionar los tercetos de donde surgirán tres salas más con igual número de miembros (una de ellas tendrá sede en Concepción). A comienzos de este mes, Antonio Estofán, presidente del CAM y vocal de la Corte, había informado que la situación era crítica y exigido al Gobierno la publicación de las leyes complementarias al nuevo proceso penal que reorganizan la judicatura. La “intimación verbal” funcionó porque el gobernador Juan Manzur numeró las normas sancionadas el 2 de agosto y las incluyó en el Boletín Oficial del 10 de septiembre. Dos días más tarde, los consejeros pudieron cerrar los procesos de preselección de camaristas de Apelaciones y abrir los de los de vocales de Impugnación.

Desbloqueo legislativo

Si los concursos de antecedentes y de oposición relativos a la Cámara de Apelaciones abiertos en 2016 hubiesen seguido el trámite rutinario, ya estarían terminados hace tiempo y no habría habido necesidad de empezar de vuelta. En ese escenario, la creación legislativa del Tribunal de Impugnación habría consistido solamente en una modificación de la nominación y de las competencias. Pero los procesos en cuestión no circularon por los carriles normales del CAM, que en hoy precisa un promedio de siete meses para confeccionar las ternas, y estaban frenados de facto desde el año pasado.

La Ley 9.118 vino a destrabar la situación. Sucede que, luego del cierre de inscripciones de los nueve concursos para la Cámara de Apelaciones, los magistrados que celebran juicios orales advirtieron que, a los efectos de poner en marcha el Código Procesal Penal adoptado en 2016, el órgano en vías de cobertura iba a ser convertido en el Tribunal de Impugnación. Con el argumento de que las atribuciones vigentes en aquel momento serían ampliadas -como finalmente sucedió-, y de que él y sus pares no habían tenido la posibilidad de concursar, Dante Ibáñez, entonces presidente de la Cámara Penal de la capital, pidió la suspensión de los procesos correspondientes a las nuevas salas de Apelaciones. El 6 de junio de 2017, el CAM desestimó el planteo de Ibáñez y ordenó la prosecución de los concursos cuestionados. Después y pese a la decisión contundente adoptada en el Acuerdo N° 95, los concursos entraron en una especie de punto muerto, bloqueo tácito mantenido por el conjunto de consejeros que asumió a finales de 2017. La Ley 9.118 terminó, así, dando la razón a Ibáñez y a sus pares, que ahora podrán competir para ascender a vocales de Impugnación.

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