Tras el reproche de Estofán, el PE numera dos leyes

Tras el reproche de Estofán, el PE numera dos leyes

Las normas atañen al nuevo proceso penal.

08 Septiembre 2018

El Gobierno de Juan Manzur acusó recibo de la queja de Antonio Estofán, vocal de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán y presidente del Consejo Asesor de la Magistratura (CAM). Un mes y cinco días después de la sanción de las normas complementarias al Código Procesal Penal adoptado en 2016, el Poder Ejecutivo procedió a colocarles el número, tal y como había reclamado Estofán el miércoles, en la sesión pública del CAM. Luego de la publicación en el Boletín Oficial, las leyes que reorganizan la magistratura penal y crean estructuras específicas para la gestión de las audiencias podrán ser invocadas y aplicadas tanto en el órgano de preselección de jueces como en los Tribunales.

La inactividad del Gobierno respecto de estas normas comprometía la decisión de la Legislatura de implementar el nuevo código en febrero en toda la provincia, según Estofán. “Los tres poderes del Estado estuvimos de acuerdo en que la reforma era necesaria. Queremos que el Ejecutivo cumpla su parte”, había recordado el vocal esta semana. El titular del CAM había vaticinado que, a esta altura del calendario, la situación era “crítica y muy seria”, y que se proponía discutirla con el “gobernador interino” Osvaldo Jaldo. La crítica en voz alta generó una reacción instantánea en el Gobierno. Ayer trascendió que la Ley del Tribunal de Impugnación llevará el número 9.118 mientras que la Ley de Colegio de Jueces y de Oficina de Gestión de Audiencias tendrá el subsiguiente (9.119).

La reacción del Poder Ejecutivo permitirá al CAM, y a la Corte abocarse a la celebración de los concursos públicos de antecedentes y de oposición para preseleccionar respectivamente a los vocales del Tribunal de Impugnación, y a los funcionarios a cargo de la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA). El nuevo código asigna al estrado mencionado la tarea de resolver las impugnaciones articuladas contra las decisiones de los jueces que controlen las investigaciones y las juzguen, misión hoy a cargo de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Instrucción respecto de las pesquisas y de la Corte en relación con las sentencias derivadas de los juicios orales. Los únicos dos camaristas de Apelaciones en funciones, Enrique Pedicone y Eudoro Albo, se integrarán al Tribunal de Impugnación. Los integrantes restantes surgirán de los procesos que sustancia el CAM, que debe dar de baja 10 concursos iniciados durante la gestión anterior del órgano para preseleccionar magistrados de la categoría de Albo y de Pedicone. Como va de suyo que esta operación llevará tiempo (al menos un semestre), es posible que el Tribunal de Impugnación incorpore jueces subrogantes o precarios. Para este cuerpo, el Poder Ejecutivo dispone desde el 22 de agosto de una lista compuesta por los aspirantes Juan Carlos Nacul, Roberto Eduardo Flores, Walter Ojeda Ávila y Benjamín Eduardo Núñez Arévalo.

La OGA debe por su parte administrar la agenda de los jueces, quienes pasarán a trabajar en una sala a la vista de las partes y del público. Esa dependencia administrativa concentrará el manejo del personal y de los recursos necesarios para celebrar las audiencias, y, por ello, su titular ha de ser un especialista en la organización de estructuras complejas.

La Oficina de Gestión de Audiencias y el Tribunal de Impugnación son imprescindibles para la implementación correcta de la reforma procesal penal. Esta transformación del ámbito encargado de perseguir y sancionar el delito debía entrar en vigor en septiembre de 2017, pero, por las demoras, acumula dos prórrogas. Aunque los especialistas ya advirtieron que el nuevo código recién podría estar plenamente en vigencia hacia 2021, la Legislatura optó en agosto por ratificar la meta de febrero. A los efectos de iniciar la transición del digesto de 1991 hacia el de 2016, el 1 de septiembre comenzó a regir un régimen que acelera la conclusión de causas mediante el archivo; las suspensiones de juicios a prueba (o probations), y la celebración de juicios abreviados y unipersonales (ver “Abren registros para defensores...”). Este “remate” debe ser organizado por el Ministerio Público Fiscal y la Corte, y su objetivo es reducir el stock de expedientes en trámite. Según la estadística de 2017, los Tribunales penales abrieron 100.000 casos en 2017 y enjuiciaron 265.

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