Letrados vetan al representante del fiscal y alertan sobre un caos

Letrados vetan al representante del fiscal y alertan sobre un caos

El Colegio de Abogados cuestionó a los auxiliares designados por el ministro público Jiménez.

EL 29 DE AGOSTO PASADO. El vicepresidente Juan Musi, el presidente Marcelo Billone y el secretario Guillermo Arévalo en el último acto del Día del Abogado. la gaceta / foto de jorge olmos sgrosso EL 29 DE AGOSTO PASADO. El vicepresidente Juan Musi, el presidente Marcelo Billone y el secretario Guillermo Arévalo en el último acto del Día del Abogado. la gaceta / foto de jorge olmos sgrosso

El Colegio de Abogados de la Capital objetó la pretensión del ministro público fiscal Edmundo Jiménez de que funcionarios auxiliares representen a los fiscales en los juicios orales y alertó sobre provocación de un caos institucional que vulneraba el Estado de Derecho. Estas críticas y advertencias constan en un pronunciamiento firmado por el presidente Marcelo Billone y el secretario Guillermo Arévalo, que la entidad distribuyó ayer. Los dirigentes profesionales dijeron en ese comunicado que no habían logrado acceder a información oficial relativa a los auxiliares, y que la falta de publicidad sumada a la discrecionalidad que Jiménez aplicaba para designarlos anticipaba más dilaciones e inseguridad jurídica.

La decisión sin precedentes de nombrar “representantes del representante del Ministerio Público Fiscal” con facultades para acusar en la instancia de juzgamiento trascendió periodísticamente a propósito de una consulta de la Sala III de la Cámara Penal ad hoc de esta capital. A fines del mes pasado, ese tribunal pidió a Jiménez, por intermedio de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, que precisara las funciones otorgadas a la auxiliar Luz Becerra. El ministro público respondió que esta estaba habilitada para actuar como mandataria de su jefe, el fiscal de Cámara Carlos Sale. En un diálogo con este diario, Sale confirmó que iba a ser responsable por los actos que desarrollara Becerra y que la había elegido porque era la única funcionaria en la que podía confiar. Tanto Sale como Jiménez expresaron que acudían a los auxiliares debido a la escasez de fiscales en propiedad, que surgen de concursos públicos, y de una decisión del Gobierno aprobada por la Legislatura.

“Sálvese quien pueda”

Si bien coincidieron en que la saturación de los Tribunales y las acefalías generaban un escenario delicado, Billone y Arévalo manifestaron que la emergencia no era pretexto para avasallar la Carta Magna, y descartar los procedimientos que garantizan la independencia judicial. “No está de más recordar que todo mecanismo de cobertura de vacantes o de designación de funcionarios auxiliares de rango equiparable al de un fiscal debe seguir las pautas y directrices que aseguren el respeto de las garantías constitucionales”, dijeron. Y añadieron que ello no se verificaba en el caso de los auxiliares, puesto que la ley sólo exigía el título de abogado y dos años de antigüedad, y dejaba su nombramiento al arbitrio del ministro público fiscal.

“Dada la importancia crucial del rol del fiscal y las atribuciones personalísimas que le confieren las leyes, luce altamente reprochable la creación de la figura del auxiliar, así como la discrecionalidad que impera en su designación en tanto viola los estándares constitucionales”, dijeron las autoridades del Colegio. Y agregaron que asistían alarmados a una especie de “sálvese quien pueda” en el que confluían actitudes cuestionables del Gobierno, que omitía llenar las vacantes judiciales; de la Legislatura, que sancionaba reglas inconstitucionales y del Ministerio Público Fiscal, que las aplicaba en forma secreta. Billone y Arévalo pronosticaron que, lejos de agilizar los procesos, esta sucesión de hechos iba a acentuar el colapso de la Justicia.

El auxiliar de fiscal con las facultades de Becerra supone, en la práctica, el cuarto método de sustitución de un funcionario constitucional (las suplencias surgieron por las demoras del procedimiento constitucional, que no fija un plazo al Gobierno para cubrir los cargos acéfalos). El primer mecanismo consta en la Ley Orgánica de la Justicia y consiste en las sustituciones encomendadas a la judicatura en funciones (subrogantes internos). El segundo sistema habilita al Poder Ejecutivo para nombrar subrogantes externos sin estabilidad a partir de las listas de aspirantes elaboradas por el Consejo Asesor de la Magistratura. El tercer esquema fue regulado por la propia Corte: en virtud de él, el alto tribunal está en condiciones de convocar a jueces jubilados.

Todavía no debutaron el método de selección de interinos del máximo estrado provincial y el referido a los subrogantes externos. En el caso de los pasivos, la Corte pisó el freno luego de que el Colegio de Abogados sostuviese que el procedimiento era inconstitucional. La administración de Juan Manzur, por su parte, aún no estrenó la potestad de nombrar jueces precarios adoptada a comienzos de 2017 a instancias del oficialismo, pese a que dispone de 10 nóminas. El futuro del régimen del representante de fiscal es por su parte incierto puesto que tiene que superar el test de la Sala III ad hoc que integran los camaristas Fabián Fradejas, Gustavo Romagnoli y Luis Morales Lezica. Estos jueces pueden, por pedido de una de las partes o incluso de oficio, controlar la constitucionalidad de la designación de Becerra con la finalidad de avalarla o de apartarla de los juicios.

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