La Justicia puede avanzar con el desafuero del intendente tafinisto

La Justicia puede avanzar con el desafuero del intendente tafinisto

La Cámara de Apelaciones ordena que Yapura Astorga sea juzgado

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Instrucción propinó un golpe a los fueros al resolver que Jorge Yapura Astorga, intendente de Tafí del Valle, no podrá librarse de rendir cuentas ante la Justicia sobre el posible incremento injustificado de su patrimonio.

El fallo fue emitido con los votos de los vocales Eudoro Albo (preopinante) y Enrique Pedicone, quienes ratificaron la validez del desafuero del intendente formalizado en forma ficta (por el transcurso del plazo legal) días antes de que este renovara su cargo el 23 de agosto de 2015. La defensa de Yapura Astorga consideraba que la victoria electoral había dado nuevas inmunidades al funcionario y que, por ello, correspondía que la Justicia lo despojara otra vez de sus privilegios constitucionales.

Los camaristas descartaron la pretensión del intendente con un argumento de forma -no entraron a analizar los fundamentos jurídicos de fondo-. Albo y Pedicone se limitaron a reiterar que el rechazo del planteo relativo a los fueros había quedado firme y consentido. La desestimación había tenido lugar en dos oportunidades por jueces distintos: Mario Velázquez (Monteros), quien practicó la investigación jurisdiccional (proceso especial previsto para cuando existen obstáculos fundados en privilegios constitucionales), y Raúl Fermoselle (Concepción), quien resolvió la elevación a juicio. Albo y Pedicone advirtieron que la postura contraria al nuevo desafuero reunía, además, el visto bueno del fiscal Jorge Carrasco (Monteros).

La sentencia de la Cámara remueve el obstáculo que impedía el enjuiciamiento de Yapura Astorga y de siete imputados de su entorno: su pareja Nerina Julieta Mustafá, propietaria de la despensa “Floppy III”; su hijo, Jorge Eduardo Yapura Astorga; su sobrino, Sergio Andrés Astorga Lagoria; su contador, Julio Mercado, y los funcionarios municipales Juan Ramón Silva, Oscar Medina y Sonia del Carmen Saavedra. Todos ellos quedaron implicados en el presunto manejo irregular de fondos públicos municipales. Según los jueces Fermoselle y Velázquez, el patrimonio de Yapura Astorga exhibiría un aumento injustificado de $ 3,1 millones. La Cámara de Apelaciones insistió en que existen pruebas para avalar esa sospecha. El dirigente Sebastián Luna, uno de los denunciantes, sostiene desde el año pasado que, por estas actuaciones judiciales, el intendente debe ser suspendido preventivamente en virtud de la Ley 5.529.

A menos que la Corte Suprema de Justicia de Tucumán emita una eventual resolución favorable al intendente, este, y sus familiares y colaboradores (que son defendidos por los abogados Arnaldo Ahumada y María Fernanda Battig -previamente actuó Ricardo Scheuermann-) tendrán que ser juzgados por una sala de la Cámara Penal de Concepción en el mediano plazo. Ese proceso con implicancias políticas e institucionales forma parte del listado de 33 expedientes de interés de los veedores nombrados por la Casa Rosada en 2017.

Ningún “pero” prosperó

El caso se remonta a comienzos de 2015, cuando trascendió que la administración de Yapura Astorga compraba comestibles a “Floppy III”, el negocio de Mustafá, de manera directa (sin licitación pública). El concejal Carlos Arnedo y el dirigente Luna (Frente Renovador Valle Calchaquí), a la postre denunciantes con la asistencia del abogado y peronista disidente Oscar López, detectaron esa situación al identificar la propiedad registral de un camión que descargaba los alimentos adquiridos por el Estado. El vehículo pertenecía a Mustafá. “Desde hace un tiempo sabíamos que la Intendencia, cada vez que hacía un evento, compraba la mercadería en ‘Flopy III’. El 15 de abril de 2015 por fin les hemos podido sacar unas fotos”, había indicado Arnedo.

Ante estas circunstancias, el intendente y sus funcionarios defendieron la legalidad de su proceder: dijeron que “Floppy III” ofrecía la mercadería al precio más bajo y la mayor variedad del pueblo, y que Mustafá era una proveedora más. “El señor Arnedo sabe desde hace muchísimo tiempo de esos alimentos y no sé cuál es la novedad. Es una ayuda que se entrega desde 2011, cuando empecé esta gestión”, había señalado Yapura Astorga. A lo largo del proceso, y a partir de informes de la AFIP y de Rentas, entre otras, el juez Velázquez advirtió que el patrimonio de los Yapura Astorga habría experimentado un incremento sin causa, y lo relacionó con las cuestionadas transacciones entre el municipio y “Floppy III”.

Ante la Cámara de Apelaciones, los letrados Ahumada y Battig reprocharon el informe técnico de la contadora Patricia Elena Ladetto, quien antes había sido cuestionada por no estar matriculada en la entidad profesional correspondiente. También dijeron que el derecho de defensa de los coimputados se había visto resentido cuando, sin notificarlos, el juez Fermoselle solicitó una ampliación a Ladetto. Ningún “pero” prosperó de tal forma que Yapura Astorga quedó más cerca de convertirse en el primer funcionario público provincial que afronte un juicio por presunto enriquecimiento ilícito.

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