Cinco formas de cubrir vacantes judiciales

Cinco formas de cubrir vacantes judiciales

Palacio de Tribunales Palacio de Tribunales ARCHIVO LA GACETA / FOTO DE FRANCO VERA
31 Agosto 2018

1) PROCEDIMIENTO CONSTITUCIONAL.- El único juez, defensor oficial y fiscal que goza de inamovilidad (una de las garantías de la independencia) es el designado según el sistema establecido en el inciso 5 del artículo 101 de la Constitución de Tucumán. Este artículo dispone: “para (llenar los cargos mencionados) el Poder Ejecutivo organizará un Consejo Asesor de la Magistratura (CAM), cuyo dictamen será vinculante y que tendrá como criterios rectores de la selección de candidatos los siguientes: concursos de antecedentes y oposición, entrevistas y opiniones vertidas por la ciudadanía, para lo cual deberá habilitarse un período de impugnación”. Judicialización mediante, en 2009 comenzó a funcionar el CAM con una integración equilibrada en la órbita de la Justicia. Ese organismo confecciona ternas (propuestas con los tres mejores concursantes) para su definición -sin plazo legal- en el Poder Ejecutivo. Los nombres elegidos para cubrir las vacantes en forma definitiva deben recibir el acuerdo de la Legislatura.

2) SUBROGANTES INTERNOS.- La Ley Orgánica de Tribunales dispone que, transitoriamente o en situaciones específicas, los jueces, fiscales y defensores oficiales en funciones pueden reemplazarse entre sí. El ejercicio de estas subrogancias puede acarrear el pago de una retribución adicional.

3) SUBROGANTES EXTERNOS.- En 2017 y por iniciativa del oficialismo, la Legislatura sancionó una ley que autoriza al gobernador Juan Manzur a escoger jueces, fiscales y defensores precarios externos a partir de listas elaboradas por el CAM (el titular del Poder Ejecutivo está habilitado para elegir a cualquiera de los postulantes incluidos en la nómina). Estos subrogantes, que deben ser aprobados por la Legislatura, tienen fecha de caducidad: permanecen dos años en sus cargos, con la posibilidad de extender la suplencia por un período más.

4) SUBROGANTES JUBILADOS.- Este año e invocando la escasez de jueces, la Corte Suprema de Justicia de Tucumán se habilitó a sí misma para cubrir transitoriamente las vacantes mediante la convocatoria de jueces jubilados.

5) AUXILIARES DE FISCAL.- El Ministerio Público Fiscal resolvió que los funcionarios auxiliares están en condiciones de representar a los fiscales de la Cámara Penal en los juicios orales. Para asumir este rol basta con ser abogado con dos años de ejercicio y un nombramiento sin concurso del jefe de los fiscales.

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