Por la escasez de magistrados, habrá representantes de fiscal en los juicios orales

Por la escasez de magistrados, habrá representantes de fiscal en los juicios orales

La auxiliar Becerra actuará como si fuera su jefe Sale en los casos que enjuicie la Sala III ad hoc de la Cámara Penal.

SEGUNDA VEZ. Abogados que iniciaron su carrera durante la dictadura renovaron ayer su juramento ante la Corte Suprema de Justicia de Tucumán. En este acto singular e inédito, el presidente Daniel Posse rompió el protocolo y felicitó a los profesionales. “Si hubiese estado en su lugar, yo también habría jurado de nuevo”, expresó a LA GACETA. la gaceta / FOTO DE JORGE OLMOS SGROSSO SEGUNDA VEZ. Abogados que iniciaron su carrera durante la dictadura renovaron ayer su juramento ante la Corte Suprema de Justicia de Tucumán. En este acto singular e inédito, el presidente Daniel Posse rompió el protocolo y felicitó a los profesionales. “Si hubiese estado en su lugar, yo también habría jurado de nuevo”, expresó a LA GACETA. la gaceta / FOTO DE JORGE OLMOS SGROSSO

Un representante del Ministerio Público Fiscal de Tucumán, Carlos Sale, tendrá a su vez una representante: Luz Becerra. Esta auxiliar actuará como mandataria del fiscal de Cámara N°1 en los juicios orales que a partir de la semana próxima celebrará la Sala III ad hoc de la Cámara Penal de esta capital. Tanto Sale como el ministro público fiscal Edmundo Jiménez indicaron que acudieron a esta modalidad por la escasez de funcionarios constitucionales. Las tareas asignadas a Becerra implican el nacimiento de la cuarta metodología de sustitución de un titular, que es el único que tiene estabilidad en el cargo.

La designación de la funcionaria dio lugar a una consulta a la Corte Suprema de Justicia de Tucumán. Los camaristas Gustavo Romagnoli, Fabián Fradejas y Luis Morales Lezica pidieron al alto tribunal que preguntara a Jiménez cuáles eran las funciones de Becerra. “Retransmití a los camaristas la respuesta de que actuará como representante de Sale. Ellos deberán evaluar la situación y expedirse si hay algún planteo”, manifestó ayer Daniel Posse, presidente de la Corte. Ese cuerpo encomendó a Romagnoli, Fradejas y Morales Lezica el enjuiciamiento de una treintena de causas delicadas que están próximas a prescribir porque la Sala III no puede atenderlas debido a las audiencias del caso “Lebbos”. El estrado ad hoc -formado con vocales de las salas II y V- trabajará por la tarde y tiene previsto debutar con el juzgamiento de un homicidio.

La reforma normativa aprobada en 2017 dice que el auxiliar asistirá al fiscal penal “bajo su dirección y supervisión”, y que será designado por resolución del ministro público en función “de las necesidades de servicio” (ver “Texto legal”). Sale y Jiménez manifestaron que no había otra opción puesto que el primero está afectado al juicio del caso “Lebbos”: dirige la Fiscalía de Cámara N°1 y, además, subroga la N°3 (quedó vacante por la jubilación de Juana Prieto). “Luz me representará en los juicios, pero la responsabilidad seguirá siendo mía. Por eso la escogí: ella trabaja conmigo y conoce mis criterios. Es la única en quien puedo confiar”, expresó Sale. Y agregó que no daba abasto. “Nunca he visto tantas carencias de todo”, reflexionó.

El jefe de los fiscales comentó que no sabía con precisión si Becerra había prestado un juramento especial y anticipó que podría nombrar otros auxiliares para los juicios. “Hay que tener gente de confianza para delegar, por eso se consulta al fiscal”, dijo Jiménez. El ministro público volvió a prometer que publicará sus resoluciones -la designación de Becerra quedó expuesta por la consulta del tribunal-. “No creo que demore (la publicidad). Tal vez el mes próximo avancemos”, dijo. Jiménez afirmó que los nombramientos de fiscales con el procedimiento constitucional se habían vuelto un tema “complejo”: “llevan su tiempo en el Consejo Asesor de la Magistratura y en el Poder Ejecutivo. Y eso va generando demoras. Vamos a resolver problemas con los auxiliares en la medida en la que los necesitemos. Si no, no podemos trabajar”.

Cinco formas de cubrir vacantes judiciales

1) PROCEDIMIENTO CONSTITUCIONAL.- El único juez, defensor oficial y fiscal que goza de inamovilidad (una de las garantías de la independencia) es el designado según el sistema establecido en el inciso 5 del artículo 101 de la Constitución de Tucumán. Este artículo dispone:  “para (llenar los cargos mencionados) el Poder Ejecutivo organizará un Consejo Asesor de la Magistratura (CAM), cuyo dictamen será vinculante y que tendrá como criterios rectores de la selección de candidatos los siguientes: concursos de antecedentes y oposición, entrevistas y opiniones vertidas por la ciudadanía, para lo cual deberá habilitarse un período de impugnación”. Judicialización mediante, en 2009 comenzó a funcionar el CAM con una integración equilibrada en la órbita de la Justicia. Ese organismo confecciona ternas (propuestas con los tres mejores concursantes) para su definición -sin plazo legal- en el Poder Ejecutivo. Los nombres elegidos para cubrir las vacantes en forma definitiva deben recibir el acuerdo de la Legislatura.

2) SUBROGANTES INTERNOS.- La Ley Orgánica de Tribunales dispone que, transitoriamente o en situaciones específicas, los jueces, fiscales y defensores oficiales en funciones pueden reemplazarse entre sí. El ejercicio de estas subrogancias puede acarrear el pago de una retribución adicional.

3) SUBROGANTES EXTERNOS.- En 2017 y por iniciativa del oficialismo, la Legislatura sancionó una ley que autoriza al gobernador Juan Manzur a escoger jueces, fiscales y defensores precarios externos a partir de listas elaboradas por el CAM (el titular del Poder Ejecutivo está habilitado para elegir a cualquiera de los postulantes incluidos en la nómina). Estos subrogantes, que deben ser aprobados por la Legislatura, tienen fecha de caducidad: permanecen dos años en sus cargos, con la posibilidad de extender la suplencia por un período más.

4) SUBROGANTES JUBILADOS.- Este año e invocando la escasez de jueces, la Corte Suprema de Justicia de Tucumán se habilitó a sí misma para cubrir transitoriamente las vacantes mediante la convocatoria de jueces jubilados.

5) AUXILIARES DE FISCAL.- El Ministerio Público Fiscal resolvió que los funcionarios auxiliares están en condiciones de representar a los fiscales de la Cámara Penal en los juicios orales. Para asumir este rol basta con ser abogado con dos años de ejercicio y un nombramiento sin concurso del jefe de los fiscales.

Texto legal

La regulación del auxiliar de fiscal

La figura del auxiliar de fiscal está descrita en el artículo 94 septies de la Ley Orgánica de Tribunales. Esa cláusula fue incorporada a comienzos de 2017 en el ámbito de la reforma que dividió el Ministerio Público en un órgano para acusar y otro para defender, y emancipó a las instituciones resultantes de los controles que la Corte Suprema de Justicia de Tucumán ejercía sobre el presupuesto y el personal. El artículo 94 septies prescribe: “el auxiliar de fiscal asistirá al fiscal penal bajo su dirección y supervisión. Para ser auxiliar de fiscal se requiere título de abogado con dos años de ejercicio de la profesión o de antigüedad en el Poder Judicial.

El auxiliar realizará las comisiones que establezca el fiscal (...)”. La disposición consigna que el auxiliar podrá concurrir a las audiencias ante los jueces o tribunales con la dirección e instrucciones que podrá determinar mediante reglamentación el ministro público fiscal (Edmundo Jiménez).

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