El Poder Ejecutivo batalla contra Elías de Pérez por una candidatura testimonial

El Poder Ejecutivo batalla contra Elías de Pérez por una candidatura testimonial

La Provincia quiere llevar a la Corte de la Nación un caso de la senadora (Cambiemos), quien en 2015 también se postuló como legisladora.

CON EL DIPLOMA DE SENADORA. Elías de Pérez celebra el logro de 2015. la gaceta / foto de FLORENCIA ZURITA (archivo) CON EL DIPLOMA DE SENADORA. Elías de Pérez celebra el logro de 2015. la gaceta / foto de FLORENCIA ZURITA (archivo)
08 Febrero 2018

El Poder Ejecutivo (PE) decidió seguir hasta el final la disputa con la senadora Silvia Elías de Pérez (Cambiemos) por su candidatura testimonial de 2015. Pese a que dos tribunales provinciales se inclinaron por cerrar el juicio con el argumento de que la cuestión litigiosa había devenido abstracta, Aldo Cerutti, apoderado de la Provincia, insiste en que el Poder Judicial debe expedirse o sentar una posición sobre el planteo de inconstitucionalidad que formuló la dirigente opositora. Con ese espíritu, el letrado de la Fiscalía de Estado interpuso un recurso extraordinario federal para que el litigio pase a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, vía cuya admisibilidad evalúa la Corte Suprema de Justicia de Tucumán. Elías de Pérez consideró que el planteo de Cerutti debía ser desestimado.

El PE considera que tanto la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo como el alto tribunal emitieron decisiones arbitrarias al dar por terminado el conflicto cuando Elías de Pérez, que lo había iniciado, manifestó su desinterés en continuarlo. Gracias a este litigio, la legisladora obtuvo la medida cautelar que le permitió postularse a legisladora por la capital -encabezó la lista más votada- pese a que, en mayo de 2015, el oficialismo sancionó una ley para proscribir las candidaturas testimoniales. Esa norma, que aún está vigente, prohíbe las postulaciones múltiples de tal modo que un ciudadano sólo puede acceder a un cargo electivo y queda automáticamente inhabilitado para competir en la órbita local si también se postula para un puesto nacional. Esta regla implicó un giro rotundo en el desempeño del partido gobernante, que antes de 2015 había usado en numerosas oportunidades las candidaturas testimoniales, donde un dirigente popular se postula para captar votos, pero sin la intención real de asumir. En 2017 y con este juicio en marcha, el oficialismo volvió a acudir a ese esquema con la postulación a diputado del vicegobernador Osvaldo Jaldo (ver: “Jaldo, último ejemplo...”).

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Para vencer el escollo, a Elías de Pérez le bastó con la decisión cautelar que consiguió: participó de las elecciones polémicas de 2015 y, luego, renunció a la banca legislativa que había ganado (nunca juró). Meses después y comicios nacionales mediante, se integró al Senado como representante de la oposición provincial. Tanto la Cámara en lo Contencioso Administrativo como la Corte, con los votos de los vocales Antonio Gandur, René Goane y Claudia Sbdar, consideraron que mal podían expedirse sobre la constitucionalidad de la proscripción de los candidatos testimoniales si había desaparecido el perjuicio respecto de la dirigente que había solicitado el amparo.

El PE entendió, por medio de Cerutti, que la candidatura testimonial de Elías de Pérez había viciado la lista que encabezaba, y que llevó a la Legislatura a Eduardo Bourlé, y a los radicales José María Canelada, Adela Estofán y Eudoro Aráoz (asumió por la renuncia de la senadora). “La Corte de Tucumán prescinde arbitrariamente de la resolución efectiva de un conflicto con notoria incidencia sobre el alcance de las reglas electorales locales”, apuntó el abogado en el recurso extraordinario. Y añadió que el juicio involucraba cuestiones que resultaban actuales, vigentes y relevantes, además de claramente visibles. “La efectiva validez de la postulación (de Elías de Pérez) trasciende el interés de las partes del litigio porque repercute en la validez de la lista”, expresó Cerutti tras recordar que la limitación a las testimoniales había obedecido a la necesidad de transparentar la oferta electoral, y fomentar el compromiso, la seriedad y la credibilidad del sistema representativo y republicano de gobierno.

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Jaldo, último ejemplo de  una postulación ambigua

“No seré postulante testimonial”, dijo el vicegobernador Osvaldo Jaldo el 25 de junio de 2017, al conceder su primera entrevista como precandidato a diputado nacional oficialista. Y añadió: “si el pueblo tucumano me acompaña con el voto, el 10 de diciembre juraré por el cargo en disputa. Asumiré el compromiso público, político e institucional durante la semana. Ante escribano público, si es necesario, firmaré un documento que respalde mi decisión para evitar suspicacias, porque el compromiso no es sólo formal sino también político”.

La mayor parte del pueblo tucumano acompañó con el voto al número dos del Gobierno en las primarias y las generales de octubre, pero este no cumplió la palabra que había empeñado y volvió a incurrir en una candidatura testimonial. El 4 de diciembre, Jaldo admitió que iba a quedarse al frente de la Legislatura. Su lugar en la Cámara Baja fue ocupado por Pablo Yedlin, ex secretario general de la Gobernación.

Elías de Pérez rechaza la idea de ir a la Corte nacional

La senadora Silvia Elías de Pérez (Cambiemos) pidió a la Corte Suprema de Justicia de Tucumán que rechace el recurso extraordinario que la Provincia presentó para mantener con vida el litigio relativo a su candidatura testimonial de 2015. Aldo Cerutti, abogado de la Fiscalía, pretende que la Corte Suprema de Justicia de la Nación revise el pronunciamiento que declaró abstracto el conflicto, sin fijar una posición respecto de la constitucionalidad de la ley que prohibió las postulaciones múltiples. En el escrito que presentó -también lleva la firma del abogado Juan Andrés Robles-, la dirigente radical dijo que, luego de la renuncia a la banca legislativa, la cuestión debatida había perdido actualidad e inminencia: “no hay gravedad institucional porque no están comprometidas instituciones básicas de la Nación ni de la provincia”. La senadora agregó: “el Poder Judicial no controla la constitucionalidad de una norma por mera curiosidad, sino para resolver un conflicto”.

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