Llegan a la Corte 15 pases de expediente

Llegan a la Corte 15 pases de expediente

El camarista Enrique Pedicone habló de “un Poder Judicial paralelo”.

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26 Noviembre 2017

Un caso penal iniciado en 2010 que venía tramitándose sin exposición pública dio lugar a una sentencia con connotaciones institucionales de la Cámara de Apelaciones, pronunciamiento que terminó en la órbita de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán. En ese fallo, Enrique Pedicone (en minoría) desarrolla cómo una inhibición generó 15 pases de expediente en el Ministerio Público Fiscal que dirige Edmundo Jiménez. El camarista no sólo precisó ese derrotero sino que ordenó que la resolución sea comunicada al alto tribunal y a todos los fiscales, incluido el jefe Jiménez. “La situación adquiere una gravedad escandalosa si vemos que el ministro público fiscal se sirve de un Poder Judicial paralelo que está en sus manos”, observó.

El incidente del caso “Matiazzi” subió a la Cámara de Apelaciones por un recurso de Mercedes Mayol, querellante y empleada del Poder Judicial. En ese ámbito, Alejandro Noguera, el fiscal ante el tribunal encargado de controlar las pesquisas de toda la provincia, se apartó alegando que intervenía el abogado Alfredo Falú, con el que existe una enemistad manifiesta (Falú denunció a Noguera en 2015). La sentencia indica que después de la primera inhibición, el recurso pasó al secretario Augusto Paz Almonacid, que lo remitió a Jiménez; este dijo que la discrepancia había sido zanjada por la fiscala Marta Jerez; luego, Noguera envió el incidente a la Secretaría de las Fiscalías de la Cámara Penal; a continuación, Jerez se inhibió; entonces, Noguera volvió a girar las actuaciones a Jiménez; después, la fiscala Estela Giffoniello mandó el asunto a su par Carlos Sale, quien solicitó la causa principal para, luego, elevar el tema a Jiménez, que a su vez lo remitió nuevamente a Jerez. Siempre según la sentencia, la fiscala mencionada ratificó su apartamiento y las actuaciones regresaron a Sale, que también se excusó. Así, los papeles llegaron a Juana Prieto de Sólimo, fiscala de Cámara N°3, que se opuso a la excusación de Noguera, y pidió al tribunal que resolviese un asunto que afectaba el principio del debido proceso, normas de orden público y la correcta administración de Justicia que hace a la seguridad jurídica. Todo esto acabó en el rechazo de la inhibición de Noguera: los jueces Liliana Vitar y Eudoro Albo dijeron que Falú no intervenía en el caso y que, por ende, no correspondía la desvinculación de Noguera.

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Pedicone, por su parte, sostuvo que correspondía la nulidad. Según su criterio, el Ministerio Público paralizó el trámite con un pretexto falso e impidió el control de la Cámara de Apelaciones. “La Justicia obstruye a la propia Justicia”, advirtió Pedicone.

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