El comisionado de El Mollar aclaró que "jamás tuvo la intención de sacrificar animales"

El comisionado de El Mollar aclaró que "jamás tuvo la intención de sacrificar animales"

Animales sueltos en una ruta. FOTO DE ARCHIVO. Animales sueltos en una ruta. FOTO DE ARCHIVO.

El delegado de esa comuna expresó los motivos de una polémica resolución; remarcó que estuvo sujeta a una ley provincial.

30 Junio 2017

El delegado comunal de El Mollar, Jorge Cruz, afirmó que “jamás se tuvo intención de sacrificar animales” y que las acciones contempladas en la resolución oficial de esa jurisdicción están dadas por la Ley N° 5637, emanada del Estado provincial (PE).

Con fecha 22 del corriente mes, la comuna del departamento de Tafí del Valle emitió una resolución (N° 708) con el objetivo de establecer un tránsito seguro dentro del tejido comunal, tanto para peatones como automóviles. Y por ello, acudió a la norma provincial para fijar medidas que consideran como una falta la circulación de animales de mayor o menor porte.

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El documento oficial estableció que los animales que se encuentren en infracción podrán ser secuestrados y conducidos por la autoridad comunal a un lugar habilitado a estos fines, donde tendrán la posibilidad de ser recuperados por sus propietarios, previo al pago de la correspondiente multa por la infracción, más los costos de mantenimiento. Si nadie los reclama en el plazo establecido por la Ley (tres días), se procederá como lo dispone la ley 5.637.

La multa por la infracción y gastos de manutención tiene el carácter de provisorio. Atento a la variabilidad de los costos de los insumos y quedará determinada por cada rubro, tomando en cuenta la reincidencia si la hubiere. El valor será el equivalente a 10 y 50 litros de nafta súper, entre 200 a 1.000 pesos.

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Pero la polémica se dio, en particular, sobre el “proceder, como lo dispone la norma”, en caso de que los animales no fueran recuperados. Y esto lo contempla el artículo 194 de la Ley 5637: “transcurridos los plazos que se establecen en los artículos 192 y 193, sin que los animales hayan sido rescatados por sus dueños, podrán ser sacrificados, vendidos o donados por la comuna a entidades de bien público. El dueño únicamente podrá reclamar, en el caso de venta, entre el importe de ésta y los montos que se adeudan por multa correspondiente”.

La resolución generó, tras conocerse a través de una publicación de LA GACETA, críticas de diferentes sectores, como el Programa Provincial de Tenencia Responsable, una repartición estatal.

Hoy, el comisionado de El Mollar aclaró que en ninguna parte de la resolución comunal se expresó que “se sacrificará animales”. “El informe del diario menciona lo que expresa el artículo N° 194 de la Ley 5637, y en un potencial con un “podrá”, norma esta dictada por la Legislatura Provincial y no por la autoridad comunal. El objetivo de la resolución mencionada es procurar resolver un viejo problema, que nadie a la fecha le dio solución, que es evitar siniestros con pérdidas de vidas humanas, de los que todos los años somos testigos en rutas y caminos de este valle, con las muertes y lesiones graves de vecinos y gente de otras localidades, por lo que somos objeto de críticas por no hacer nada. Ahora que se pretende o intenta hacer algo, aparecen quienes se oponen”, dijo el funcionario en un comunicado.

“Lo único que se intenta hacer es poner a resguardo vidas humanas y el cuidado de los animales”, añadió el delegado, quien remarcó también las disposiciones de la comuna están contempladas en la Ley N° 7350, inciso 4, con referencia a la “Ley Orgánica de Comunas Rurales de la provincia”.

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