Aval para el juez objetado porque su hija asesora a una opositora

Aval para el juez objetado porque su hija asesora a una opositora

La resolución descarta que la imparcialidad de Novillo se vea afectada porque su hija trabaje con la senadora Elías (UCR). Los camaristas López Piossek y Gandur rechazaron la recusación de sus pares de la Sala II.

RESPALDO PARA NOVILLO. El camarista en una imagen de archivo. la gaceta / Antonio Ferroni (archivo) RESPALDO PARA NOVILLO. El camarista en una imagen de archivo. la gaceta / Antonio Ferroni (archivo)
22 Diciembre 2016
La Justicia resolvió que son manifiestamente inexistentes las causales invocadas por el Estado para apartar a los vocales Rodolfo Novillo y Carlos Giovanniello de uno de los procesos ligados a los supuestos gastos sociales legislativos. En particular, descartó la alegación de parcialidad vinculada a la circunstancia de que Alejandrina Novillo, hija del juez, es asesora de la senadora Silvia Elías de Pérez (UCR).

La resolución de los magistrados Ebe López Piossek y Sergio Gandur confirmó que sus pares de la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo seguirán al frente del juicio promovido por el legislador opositor Luis Brodersen (PROA). Se trata del caso más avanzado de todos los iniciados luego de que LA GACETA publicara que el dinero para supuestos gastos sociales legislativos era trasladado en valijas. Mediante este procedimiento fueron extraídos $ 615,6 millones en los meses previos y posteriores a los comicios de 2015.

La confirmación de Novillo y de Giovanniello permitirá reanudar el trámite del expediente, que quedó detenido en el punto en el que las instituciones públicas demandadas devolvieron la medida cautelar que colocó los recibos de los presuntos subsidios al cuidado del vicegobernador Osvaldo Jaldo. Por separado, la Legislatura y la Provincia restituyeron el instrumento original alegando que el oficio que comunica la orden judicial había sido firmado por quien sólo tenía potestad para intervenir en el incidente de recusación (López Piossek).

La Legislatura y el Poder Ejecutivo recusaron a Novillo y a Giovanniello luego de que estos resolviesen que los comprobantes de los posibles gastos sociales debían ser aportados al proceso con el carácter de pruebas -se trata de una documentación jamás publicitada-. Las instituciones públicas dijeron que los camaristas tenían interés en el resultado del juicio; un total desprecio por las normas procesales que garantizan la defensa en juicio, y un “odio visceral” contra la Legislatura y sus miembros.

El tribunal de recusación desestimó todos los fundamentos -ver algunos fragmentos del fallo en “Recusación rechazada”-. Respecto del cuestionamiento de la relación laboral entre Alejandrina Novillo y la senadora Elías de Pérez (UCR), López Piossek y Gandur hicieron suya la explicación que brindó el juez Novillo: “la hija del camarista fue designada como asesora jurídica, no política, por una senadora que no está involucrada en el juicio. Por ello, no se advierte ninguna razón objetiva para sostener que el nombramiento referido pueda condicionar a los jueces”.

El Estado podría intentar la revisión de esta nueva decisión adversa en el caso “Brodersen” -y de las resoluciones previas, entre ellas la que ordenó la aportación de los comprobantes de supuestos gastos sociales nunca vistos- en la Corte Suprema de Justicia de Tucumán.

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