La Corte clausura la discusión sobre los comicios

La Corte clausura la discusión sobre los comicios

Con los votos de los vocales Goane, Estofán y Posse, el alto tribunal rechazó el recurso extraordinario del Acuerdo para el Bicentenario. La oposición aún puede, si lo desea, presentar una queja directamente ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La sentencia completa.

PALACIO DE JUSTICIA. En septiembre, militantes exigieron la validación de los comicios con carteles y pancartas. la gaceta / foto de jorge olmos sgrosso (archivo) PALACIO DE JUSTICIA. En septiembre, militantes exigieron la validación de los comicios con carteles y pancartas. la gaceta / foto de jorge olmos sgrosso (archivo)
31 Octubre 2015

El 29 de octubre empezó el Gobierno del alperovichista Juan Manzur. Ese mismo día, la Corte Suprema de Justicia de Tucumán notificó que convalidaba la sentencia que había dictado para confirmar los resultados de los comicios controvertidos del 23 de agosto. Según el alto tribunal local, no corresponde que ese fallo, que dejó sin efecto la decisión previa que había declarado la nulidad de la elección, sea revisado en la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Si bien esta resolución clausura -sin doble conforme- la discusión del caso, el Acuerdo para el Bicentenario (ApB) aún puede, si lo desea, plantear una queja ante el máximo tribunal del país.

La desestimación del recurso opositor lleva la firma de los vocales René Goane, Antonio Estofán y Daniel Posse, y era esperada desde el 14 de octubre. Ese día, Marta Jerez, la representante del Ministerio Público que actúa por la excusación del titular Edmundo Jiménez, dictaminó en un documento de dos fojas que debía ser rechazado el planteo del ApB contra el fallo firmado por los vocales Goane y Posse, y los camaristas civiles Carlos Ibáñez, Benjamín Moisá y Raúl Bejas. Dicha decisión -que ordenó el levantamiento de la cautelar que impedía proclamar ganadores de la elección, pese a que el fallo no estaba firme- fue adoptada en un clima político, social e institucional delicado, que se exteriorizó en el establecimiento de un campamento de militantes oficialistas en la plaza Yrigoyen, el ataque al Palacio de Justicia y la amenaza de intervención federal del Poder Judicial provincial esgrimida por kirchneristas como el diputado nacional Carlos Kunkel.

El alto tribunal local compartió la posición de Jerez -y de la Provincia representada en este juicio por el abogado Aldo Cerutti-, y consideró que el juicio trataba sobre asuntos de derecho público provincial ajenos a la incumbencia de la Corte de la Nación. “En primer lugar, las cuestiones que la recurrente propone no revisten carácter federal (...), son propias de los jueces de la causa y materia extraña al recurso extraordinario, según constante y reiterada jurisprudencia de la Corte de la Nación”, dijeron Goane, Estofán y Posse. Estos afirmaron que esa solución había prevalecido en el caso análogo que en 2007 había formulado el candidato cordobés Luis Juez (derrotado por el gobernador Juan Schiaretti): “con la diferencia de que en aquellos comicios el entonces recurrente (Juez) obtuvo el 36,04% de los votos, y perdió contra el entonces vicegobernador, que logró 37,17%, mientras que en esta causa el vencedor (Manzur) obtuvo el 51,64% de los sufragios frente a un 39,94% del perdedor (José Cano, del ApB)”.

También dijeron que muy distinto había sido el pleito suscitado en Santiago del Estero, en 2013, donde la Corte de la Nación sí había intervenido. “En aquella causa lo que estaba en juego era una cláusula de la Constitución provincial cuya validez se había cuestionado por ser supuestamente repugnante a la Constitución Nacional y Tratados sobre los derechos humanos”, explicaron (como consecuencia de este juicio, Gerardo Zamora se vio obligado a renunciar a su aspiración a la re-reelección y su esposa, Claudia Ledesma Abdala, obtuvo la gobernación).

Derecho de defensa

“Nada de ello acontece aquí, donde todo lo que está en juego es si las irregularidades constatadas en el proceso electoral desplegado para elegir autoridades provinciales tienen entidad suficiente para determinar la nulidad de los comicios”, matizaron. E insistieron en que, si bien habían reprobado en forma clara y firme aquellas acciones ilícitas que pretenden obtener ventajas para un determinado partido mediante un mecanismo que trasunta una bajeza humana supina en la medida de que importa el aprovechamiento de las necesidades elementales de las personas, ello no era suficiente para invalidar la elección como habían resuelto los camaristas Salvador Ruiz y Ebe López Piossek (Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo).

“En la tesis de la sentencia, no toda ilicitud comprobada puede configurar sin más un vicio invalidante con carácter general, porque la voluntad del electorado no es una entidad abstracta y espectral, sino que está formada por el conjunto de voluntades individuales, donde cada una cuenta tanto como la otra, y merece igual protección”, expresaron Goane, Estofán -estaba en Europa cuando la Corte revocó el fallo de la Sala I- y Posse. Y agregaron que si cada voto es un acto político-jurídico individual merecedor de protección jurídica, anular el proceso electoral en bloque implica en el fondo desentenderse de la legítima expresión de más de un millón de voluntades, sin dar siquiera a los afectados la posibilidad de defenderse.

Cano dice que seguirá litigando

José Cano, ex candidato a gobernador del Acuerdo para el Bicentenario (ApB), anticipó que no se dará por vencido. “Nuestra intención es que la Corte Suprema de la Nación intervenga en el expediente abierto por severas irregularidades en la elección provincial. Queremos una sentencia que ponga fin a la manipulación de la voluntad ciudadana y que obligue a cambiar las reglas en serio”, expresó por escrito. El dirigente radical, que integró fórmula con el ex intendente Domingo Amaya (PJ disidente), añadió que no lo sorprendía el manejo del tiempo que había hecho la Corte Suprema de Tucumán en esta causa. “(El tribunal) es el más fiel reflejo del alperovichismo judicial. Para el amigo todo, para los enemigos ni justicia. Demoraron la resolución para tratar de que la cuestión quede abstracta con las nuevas autoridades en funciones. Nosotros no reclamamos por un cargo, sino por el respeto a la voluntad ciudadana y eso fue claramente vulnerado en Tucumán”, opinó.

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