Sin orden del juez la Policía no puede requisar

Sin orden del juez la Policía no puede requisar

La Justicia Federal criticó que la Digedrop haya obligado a desnudarse a varias personas en “Supernor”, durante un allanamiento. Advierten que, cuando se presume que una persona oculta algo en su cuerpo, la requisa debe ser dispuesta por orden judicial.

07 Junio 2015
Los policías de la Dirección General de Drogas Peligrosas (Digedrop) aseguran que tomaron todos los recaudos para resguardar el pudor de las personas que estaban en “Supernor” la noche del 25 de febrero de 2011. Uno a uno fueron pasando a la cocina del local. Los varones fueron requisados por un policía de su mismo sexo, con la presencia de los testigos que fueron convocados para ello. Les indicaron que se sacaran la ropa y se la fueran pasando al policía. Toda la ropa, hasta quedar completamente desnudos.

Luego fue el turno de las mujeres. En su caso, tuvieron que desnudarse delante de una policía de su mismo sexo. Todos tuvieron que flexionar un poco sus piernas para “corroborar” que no escondieran nada “entre sus partes íntimas”. Pero aunque los policías aseguran que es la única forma que tienen para saber si esconden droga en esas partes del cuerpo, la Justicia indicó que habían procedido mal. Fue una de las irregularidades por las que fueron absueltos los tres acusados por la presunta venta de drogas en el local que funcionaba en avenida Roca y Entre Ríos.

“El pudor se afecta con desnudar a una persona. No se preserva la intimidad separando varones de mujeres. Esa requisa es agraviante a la dignidad humana”, afirmó el fiscal federal Diego Velazco, al repudiar el accionar de los policías.

Sucede que el personal de la Digedrop procedió a desnudar a las personas que estaban en el local sin que esa requisa personal hubiera sido ordenada por el juez. Varios policías que declararon en el juicio oral aseguraron que en la orden de allanamiento no figuraba que estaban autorizados a llevar adelante una medida de ese tipo.

Sin orden del juez

Dos jefes de dependencias de la Dirección General de Investigaciones coincidieron en que sin una orden expresa de un juez no se puede desnudar a una persona. “Sí podemos hacer palpado de armas, por ejemplo. Pero jamás desnudarlos sin que el juez lo haya ordenado”, aseguraron los comisarios, que prefirieron preservar sus nombres para no polemizar con sus compañeros de la Digedrop.

Entre los cuestionamientos que señaló el fiscal Velazco, se mencionó que la requisa personal se hizo sin tener sospechas fundadas de que podrían haber ocultado droga u otro elemento en la ropa interior. “Entraron al salón y estaban todos allí, a la vista, sin que hayan tenido tiempo de haber escondido algo en su cuerpo. No había fundamentos para la requisa sin la orden del juez”, manifestó Velazco, quien adelantó que notificará del caso a la Procuraduría de Violencia Institucional del Ministerio Público de la Nación.

“Creo que estamos ante la oportunidad de cambiar estos protocolos de desnudez. Lo que han hecho en este caso es de las medidas más intrusivas que he escuchado a la intimidad de las personas”, manifestó el fiscal federal.

El Código Procesal de la Nación, que se aplica en estos casos, establece que las requisas personales se realizarán siempre con orden judicial, salvo que concurran “circunstancias previas o concomitantes que razonable y objetivamente permitan justificar dichas medidas respecto de personas”. Esas circunstancias, aseguró Velazco, no se percibieron en este caso.

En la sentencia dictada el martes se contempló el pedido de Velazco. La jueza Alicia Noli fue quien acogió el reclamo (la acompañó al magistrado Adolfo Guzmán) y exhortarán al secretario de Derechos Humanos de la Provincia, Humberto Rava, a que confeccione un protocolo de buenas prácticas para la realización de requisas personales por la Digedrop.

Funcionarios de Seguridad y de Derechos Humanos del Gobierno aseguraron que esperarán que la Justicia les notifique la sentencia para analizar si corresponde la creación del protocolo. Hasta ese momento, se excusaron de realizar declaraciones.

La otra visión

“El tipo de trabajo de la Digedrop, desde siempre, fue de esa forma. Es el trabajo de la práctica policial nuestra”, se defendió el comisario Fabián Salvatore, ex jefe de la Digedrop, durante el debate oral.

Los policías se mostraron sorprendidos ante la observación de la requisa personal, ya que la realizan en todos los allanamientos y hasta aquí no habían sido cuestionados. Aunque en las órdenes de allanamiento no figura la requisa personal, ningún juez federal les había advertido que debían cambiar de práctica.

“Ese es el trabajo que hacemos siempre. La experiencia nos demuestra que los lugares para esconder la droga pueden ser insólitos. Hasta en pañales de bebés hemos hallado que escondían estupefacientes”, relató el actual jefe de la Digedrop, el comisario Jorge Nacusse.

El oficial Ezequiel Maximiliano Fernández, que trabajó en la Digedrop y que ahora cumple funciones en la Guardia Urbana, recordó que en una ocasión una persona tenía escondida una jeringa en su ropa interior, y que en un descuido trató de pinchar a los policías que estaban allanando su domicilio.

En Tucumán

Las irregularidades en las requisas personales fueron descriptas también por los fiscales de Instrucción de la Justicia provincial. “Como regla general la requisa debe ser dispuesta por orden judicial para los casos que existan motivos para presumir que una persona oculta en su cuerpo cosas relacionadas con un delito, por ejemplo una cadena de oro, anillo, billetera, tarjeta de crédito”, aseguraron los representantes del Ministerio Público en el protocolo de actuación policial que suscribieron durante el segundo semestre del año pasado.

En el documento se dejan en claro las excepciones a la orden judicial: solamente en la vía pública o lugares de acceso público cuando existan razones de urgencia que les impidan realizar consulta y pedir autorización (como la presencia de una persona desconocida en horas de la madrugada en la puerta de un Banco) o cuando exista peligro para la integridad física de los policías o de un tercero (como en todos los casos de aprehensión en flagrancia, para determinar si la persona lleva armas en su poder). Pero todas estas excepciones deben constar en el acta, descriptas en detalle y con los motivos que motivaron la requisa personal. Si no se respetan esas reglas el procedimiento será declarado nulo.

Otro punto que destacaron los fiscales es la presencia de testigos. “Se ha observado como errónea práctica policial, que primero se realiza la requisa y si se encuentra algún elemento de importancia recién se requiere la presencia de testigos. Ello es incorrecto y ha generado muchísimos problemas en las investigaciones, así como declaraciones de nulidad de las actas y de los secuestros”, aseguraron en el protocolo.

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