La justicia de las pequeñas causas
“Ya vas a ver lo que le va a pasar a tu hijo”, le dijeron a una mujer de la zona sur de la ciudad. Asustada, la persona que escuchó ese mensaje se dirigió a la comisaría de su jurisdicción y radicó una denuncia por amenazas. Inmediatamente comenzó a funcionar el engranaje judicial: se tomó declaración a la denunciante, se hizo una constatación de domicilio y se envió la causa a la fiscalía. Todo esto ocurrió en febrero de este año. A la denunciante se la citó para que ratifique la presentación, pero nunca pisó tribunales. Y la causa, como en el 90% de las amenazas denunciadas, pasó al archivo. Las causas judiciales de delitos que contemplan penas de prisión de pocos años (no más de dos) tienen tarde o temprano el mismo destino. O son archivadas por carecer de pruebas o no tienen un culpable determinado, y en los pocos casos que llegan a un juicio oral, mueren en la Corte Suprema de Justicia porque llegan prescriptas, y a los jueces del alto tribunal no les queda otra que sobreseer a los acusados. Son conductas cometidas sin grave violencia en las personas o en los bienes, como los hurtos de los “descuidistas” o las “mecheras” o las amenazas que no tienen una gran repercusión social (como las sufridas por fiscales en 2014 que, dicho sea de paso, no tuvieron avance en su investigación).

Las causas judiciales por amenazas de muerte, lesiones leves, lesiones culposas y hurto (las “pequeñas causas”) representan el 70% de los expedientes que ingresan a las fiscalías de la provincia en cada turno. Un ejemplo fueron las estadísticas que elaboró la fiscalía de Instrucción de la VIII° Nominación de la capital durante el turno que fue desde el 11 al 22 de abril. Sólo las denuncias por amenazas de muerte fueron un 15,2% del total de causas ingresadas en esos 12 días (380 denuncias, de las cuales 308 fueron por amenazas comunes y 72 por violencia doméstica). En las fiscalías reconocen que la mayoría de estas denuncias provienen de disputas vecinales, aunque distinguen el trato que se les da a las comunes de las de violencia de género, en las que se suele intervenir inmediatamente con medidas de protección a la persona denunciante. Sin embargo, los instructores de los expedientes cuentan que es cotidiano escuchar a mujeres que quieren retirar la denuncia en contra de sus parejas, para no perjudicarlas en su trabajo o porque, aducen, “mintieron porque estaban enojadas”.

Fuentes de distintas fiscalías aseguraron que la mayoría de las denuncias por amenazas de muerte (unas 800 por mes) son archivadas, ya sea porque la víctima no ratificó la denuncia, porque no hay testigos o porque son inidóneas para abrir una causa. “Muchas veces inician actuaciones por un simple insulto, que no puede ser considerado una amenaza”, admitió un fiscal de Instrucción. Situaciones similares pasan con las lesiones leves, que son delitos de resultados. Si el lesionado no va al médico a que constate la lesión, hay que archivar las causas. Es decir, sin lesión comprobable no hay delito. Eso pasa con el 50% de las denuncias, comentaron en las fiscalías de Instrucción. Otras sencillamente prescriben por el paso del tiempo, porque no tuvieron impulso procesal. Las pocas causas que son elevadas a juicio oral (un 10%, de acuerdo a las estadísticas de algunas fiscalías), ingresan en un circuito que dilata aún más el tiempo para llegar a una sentencia definitiva. Como son delitos cuyas penas prevén condenas excarcelables, son remitidos a los juzgados correccionales. La sentencia que se dicte puede ser pasible de un recurso de casación. Para cuando el expediente llega a la Corte Suprema, pasó más tiempo desde la comisión del delito que el establecido como máximo de la pena de prisión. Y el acusado es sobreseido por prescripción, aseguran fuentes del máximo tribunal. Este tipo de resoluciones se multiplican todos los meses.

El Código Procesal en vigencia mantiene el principio de legalidad a ultranza. Todos los delitos mencionados en el Código Penal deben ingresar a través de un expediente, y las pequeñas causas terminan muriendo tarde o temprano. La propuesta de reforma del Código Procesal Penal que se analiza en la Legislatura contempla esta situación, incorporando el proceso de oportunidad. Consiste en prescindir total o parcialmente de la persecución penal en los casos de menor entidad o de menor repercusión dentro de la sociedad. Esto se realizaría, de avanzar la propuesta, por iniciativa del fiscal o por pedido de la víctima para que sea resuelto a través de la mediación o la conciliación. El imputado, en estos casos, recién lograría su sobreseimiento cuando cumpla con la obligación de reparar el daño y de las otras obligaciones que le puedan imponer por su conducta. Los fiscales de Instrucción estarían agradecidos con esta alternativa, porque podrían concentrar el esfuerzo investigativo en causas de “mayor envergadura”. Lo cierto es que la aplicación a rajatabla del principio de legalidad deja indefensa a la víctima de estos delitos “pequeños”, que queda en el medio de un sistema que seleccionó arbitrariamente dejar su caso sin resolución. Así, el damnificado descree de la Justicia.

Otro punto central del proyecto de reforma es el rol que los Juzgados de Paz podrían jugar en estas “pequeñas causas”. Estos cargos deberían ser cubiertos por letrados, quienes contarían con funcionarios judiciales que les colaborarían en las tareas. Esto podría traer varios beneficios. La intervención de un juez de Paz en una disputa vecinal, por ejemplo, le daría rapidez, eficiencia y transparencia a un caso que puede resolverse sin que llegue a los tribunales. Es, también, la presencia de la Justicia en el barrio o en el pueblo, en el lugar en el que se produjeron los hechos. La solución puede ser consensuada, y al mismo tiempo preventiva de futuros hechos gravosos generados ante la falta de atención a las denuncias previas (una diferencia entre vecinos que luego de acusaciones cruzadas por amenazas o peleas, culmina en un homicidio, por ejemplo). Dotar a los Juzgados de Paz de estas herramientas podría ser una manera de que las “pequeñas causas” también tengan justicia.

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