Debería haber 144 escribanías, pero sólo hay 71

Debería haber 144 escribanías, pero sólo hay 71

La Provincia quiere más registros notariales

15 Marzo 2015
Un polémico proyecto para incrementar el número de registros notariales se debate en la comisión de Legislación General, del parlamento provincial. La iniciativa fue impulsada desde un despacho del Poder Ejecutivo; puntualmente, de la Fiscalía de Estado. A criterio del titular del área, Jorge Posse Ponessa, el proyecto persigue, fundamentalmente, dos objetivos: actualizar el número de licencias para escribanos -de acuerdo con el último censo- y reducir los juicios contra la Provincia.

El artículo 46° de la Ley N° 5.732 (regula el ejercicio profesional) estipula que debe existir un registro por cada 10.000 habitantes. El censo 2010 arrojó que en Tucumán viven 1.448.200 personas. Sobre la base del cotejo de esta cifra con el texto de la ley, en nuestra provincia debería haber 144 registros notariales. Actualmente, según el presidente del Colegio de Escribanos, Marco Aurelio Padilla (h), hay 71. Algunos rumores daban cuenta de que algunos titulares de Escribanías se oponen a la sanción de la ley, debido a que un mercado cautivo contaría con más opciones para realizar los trámites. Pero Padilla desestimó esta versión (Ver Nota Aparte).

“Se hizo muy necesaria la creación de registros, porque es claro que faltan. No puede ser que en localidades muy importantes del Gran San Miguel de Tucumán, como Yerba Buena, Tafí Viejo y Banda del Río Salí funcione un solo registro, cuando esas ciudades han crecido de manera alarmante”, señaló el funcionario.

El artículo 1° del proyecto -firmado por amayistas y alperovichistas- prevé la titularización -como vía de excepción a la metodología estipulada por la Ley N° 5.732- de los fedatarios que al 20 de noviembre de 2014 cuenten con al menos 10 años de antigüedad cumplidos como adscriptos en alguna escribanía, y que manifiesten su voluntad de acogerse a la norma. “Quedan comprendidos los escribanos que, no estando actualmente en funciones, acrediten la referida antigüedad”, precisa.

Si bien la iniciativa no fija un número de registros a crear, manda al Colegio de Escribanos que en un plazo de 10 días corridos a partir de que la ley salga publicada en el Boletín Oficial remita al Poder Ejecutivo la nómina de los notarios que cumplan los requisitos previstos en el artículo 1°, y que eleve un informe que contenga si cada uno: “ha integrado el orden de mérito en algún concurso notarial, el último asiento de su adscripción, su antigüedad en el ejercicio de la función fedataria, la inexistencia de sanciones o inhabilidades vigentes, y demás requisitos previstos en la Ley N° 5.732”. A renglón seguido, el artículo 3° adelanta que el Poder Ejecutivo procederá a crear los nuevos registros sobre la base de la información enviada por el Colegio de Escribanos.

Litigiosidad
Posse Ponessa se refirió al otro objetivo del proyecto. “Para la Provincia hay un valor agregado: el desestimiento de los juicios a raíz del proceso de selección de escribanos, que en este momento está judicializado, con pedidos de nulidades. Los escribanos desistirán de la demanda en caso de que esta ley prospere. Por tanto, resulta de vital importancia para la sociedad la creación de nuevos registros”, afirmó el fiscal de Estado.

Según precisó, no sólo los que judicializaron los concursos se verán beneficiados, sino también notarios que hoy se desempeñan como adscriptos en alguna escribanía. “Además, es una manera de darle continuidad a la carrera de Escribanía, porque con la actual situación no tiene razón de ser”, consideró.

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