Cuatro hechos indubitables del caso Lebbos

Cuatro hechos indubitables del caso Lebbos

El fiscal López Ávila llegó a determinar cuatro certezas del crimen de Paulina, sustentadas en las pruebas colectadas. Cómo sigue la causa.

Cuatro hechos indubitables del caso Lebbos
21 Febrero 2015
1- Paulina estuvo en el Abasto
Varios testigos la vieron en el boliche “Gitana” hasta las 6.30
El 26 de febrero de 2006 a las 0.30, Paulina Lebbos llegó a la casa de Virginia Mercado, donde además estaban Fabiana Mercado, Gisela Renis, Alejandro Aramayo, Claudia Cequeira y Diego Martín. A las 2.30 fueron al boliche “Gitana” ubicado en la zona del ex Mercado de Abasto. La presencia del grupo en el local fue avalada por varias declaraciones. Una empleada de limpieza la vio en el baño a las 3.30 mojándose el pelo, y el encargado de seguridad la vio ingresar. Ante esto, el fiscal concluyó que aquellas versiones testimoniales o anónimas que la ubicaban en ese horario, fuera del radio capitalino, “resultan inidóneas y deben ser desechadas al controvertirse palmariamente con sólidas constancias de autos”, según el requerimiento de elevación a juicio.

2- La víctima no se alejó de la Capital
El teléfono celular la ubica en la zona sur de la ciudad
Paulina Lebbos se retiró de “Gitana” a las 6.30, de acuerdo a la declaración de Virginia Mercado. En la plazoleta Miguel Lillo tomaron un remise de color bordó con vidrios polarizados, que la amiga de la víctima dijo que era un Fiat Duna con un banderín en el techo, tres círculos color blanco y uno de ellos tenía una estrella transparente. Mercado fue la última persona que la habría visto con vida. Paulina tenía un celular “Motorola C650”. A las 10.25 se hizo una consulta de saldo desde su línea, que fue tomada por la antena ubicada en avenida Independencia 1.213. López Ávila consideró que este dato debilita la posibilidad de que la víctima se haya alejado de la capital, por el exiguo plazo entre que salió del boliche y la activación de su celular en la zona sur de la ciudad.

3- Se trató de un homicidio
La hija de Alberto Lebbos murió por estrangulamiento manual
El cuerpo de Paulina fue encontrado a la vera de la ruta 341, en Tapia. La autopsia determinó que la causa de muerte fue asfixia mecánica por estrangulamiento manual. Es decir que se trató de un homicidio. “Las lesiones que se describen en el cuello son de características vitales”, dice en el informe forense que se encuentra incorporado al expediente. Ante esto, el fiscal López Ávila descartó que la muerte de Paulina se haya producido por un hecho fortuito (como la caída de una mesa durante una fiesta) o por un resultado no querido (como por abuso en el consumo de estupefacientes). “La muerte de la víctima constituye un hecho querido y buscado por el o los agresores y permite descartar totalmente toda versión que indique cualquier autolesión”, concluyó.

4- Murió en la fecha en que desapareció
El cadáver fue depositado a la vera de la ruta, en Tapia
“El cadáver se encuentra iniciando el tercer período de putrefacción o período colicuativo … este último dura de acuerdo a las condiciones climáticas y particulares del cadáver de varios días hasta dos semanas ... por lo tanto podemos inferir que el mismo de pertenecer a Paulina Alejandra Lebbos habría fallecido para la época de su desaparición”, se concluyó en el informe del Cuerpo Médico Forense del Poder Judicial. La Policía Científica, además, informó que el cuerpo estuvo en el lugar en el que lo hallaron entre una a dos semanas, teniendo en cuenta la penetración de líquidos cadavéricos de aproximadamente cinco centímetros en la tierra. Las conclusiones lo llevaron al fiscal a sostener que Paulina murió en la fecha de su desaparición, el 26 de febrero de 2006.

Cómo sigue la causa
El requerimiento de elevación a juicio.- Los abogados defensores tienen tres días hábiles para presentar su oposición. El plazo tiene cargo extraordinario, por lo que vence el jueves 26 de febrero a las 10, el día en que se cumple el aniversario del homicidio de Paulina Lebbos. El juez de Instrucción de la IV° Nominación, Víctor Manuel Pérez, deberá estudiar el pedido del fiscal Diego López Ávila y los planteos de los abogados, y tomar una decisión.

El sobreseimiento.- Los cuatro pedidos de sobreseimiento fueron notificados a Emilio Mrad, abogado de Alberto Lebbos, el querellante. En caso de oponerse, recién se correrá traslado a los abogados de los mencionados en los pedidos de sobreseimiento. Si no hay oposición, el pedido pasa sin más trámite al juez de Instrucción, quien deberá resolver al efecto.

Una opción más.- Si el juez resuelve la elevación de la causa a juicio, los defensores aún podrán acudir a la Cámara de Apelaciones en lo penal de Instrucción, que deberá definir si la causa pasa a la Cámara Penal para que se realice el debate, o si le da la razón a los abogados de los imputados. Antes de esto se debe correr vista al fiscal de Cámara de Apelaciones en lo penal de Instrucción, que es Alejandro Noguera. Seguramente el representante del ministerio Público se abstendrá de dar su opinión, al haber intervenido en la primera etapa de la investigación. En ese caso, se sorteará un fiscal de Cámara que lo reemplazará en la tarea.

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