El haber inicial no puede ser inferior al 70% del sueldo

Una cámara federal le dio la razón a un hombre que reclamó un recálculo de su jubilación. Un porcentaje menor del haber resultaría "insuficiente y confiscatorio", señalan los jueces

19 Noviembre 2010
En medio de la discusión sobre la necesidad de instrumentar el 82% móvil, la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social ordenó que el haber inicial jubilatorio "debe garantizar como mínimo el 70% del promedio de los salarios actualizados aportados en los últimos 10 años de actividad".

En el fallo, dos de los tres magistrados de la cámara (uno votó en disidencia) señalaron que resultaría "insuficiente y confiscatorio cualquier guarismo inferior" al estipulado. Los jueces analizaron el planteo contra la Anses de José Betancur, un hombre de 66 años que solicitó su jubilación -bajo un régimen especial- al presentar papeles demostrando sus 25 años de aportes (cuatro en la Armada y el resto trabajando en YPF), consigna la agencia DyN. "La jubilación constituye una consecuencia de la remuneración que percibía el beneficiario como contraprestación de su actividad laboral", indica el fallo.

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