03 Mayo 2009 Seguir en 
Buenos Aires.- La jueza federal con competencia electoral de Capital Federal, María Servini de Cubría, advirtió que las impugnaciones a las llamadas candidaturas testimoniales se analizarán cuando se presenten las listas y las candidaturas.
Servini explicó que la Cámara Electoral dice que no se puede resolver sobre temas que no han sido planteados, y que por ese motivo rechazó un amparo que pretendía anular estas candidaturas para las elecciones del 28 de junio. Según la magistrada, cada distrito va a poder interpretar si el candidato puede participar o no, cuando sean publicadas en internet todas las candidaturas, el 10 de mayo, un día después del vencimiento del plazo para inscribir las listas.
Sin embargo, advirtió que el elector que pretenda impugnar una candidatura tiene que probar qué perjuicio le causa a él ese hecho. En el caso del rechazo de la acción de amparo presentada por el abogado constitucionalista Eduardo Barcesat, Servini justificó su decisión al indicar: "al elector no le causa perjuicio porque aún no se ha postulado el candidato". La magistrada subrayó que cada juez va a resolver según su criterio. La magistrada rechazó en los últimos días la acción de amparo presentada por Barcesat, en base a que se trata de anuncios y postulaciones, que a la fecha no se han producido, por lo que el perjuicio material invocado no se encuentra acreditado. Además, la jueza afirmó -en la resolución- que la ley actual no impide a un funcionario en actividad renunciar a su cargo para presentarse a elecciones. (NA)
Servini explicó que la Cámara Electoral dice que no se puede resolver sobre temas que no han sido planteados, y que por ese motivo rechazó un amparo que pretendía anular estas candidaturas para las elecciones del 28 de junio. Según la magistrada, cada distrito va a poder interpretar si el candidato puede participar o no, cuando sean publicadas en internet todas las candidaturas, el 10 de mayo, un día después del vencimiento del plazo para inscribir las listas.
Sin embargo, advirtió que el elector que pretenda impugnar una candidatura tiene que probar qué perjuicio le causa a él ese hecho. En el caso del rechazo de la acción de amparo presentada por el abogado constitucionalista Eduardo Barcesat, Servini justificó su decisión al indicar: "al elector no le causa perjuicio porque aún no se ha postulado el candidato". La magistrada subrayó que cada juez va a resolver según su criterio. La magistrada rechazó en los últimos días la acción de amparo presentada por Barcesat, en base a que se trata de anuncios y postulaciones, que a la fecha no se han producido, por lo que el perjuicio material invocado no se encuentra acreditado. Además, la jueza afirmó -en la resolución- que la ley actual no impide a un funcionario en actividad renunciar a su cargo para presentarse a elecciones. (NA)
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