Anoche sufrió un duro golpe la Ley 8.136, que posibilitaba a los poderes políticos designar directamente jueces interinos sin un mecanismo de selección previo que permitiera sopesar la idoneidad de los postulantes a cubrir vacantes. A las 23, Rodolfo Novillo, a cargo de la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, ordenó la suspensión total del proceso de nombramiento de magistrados interinos. "Como establece un procedimiento de designación discrecional sin selección previa, la Ley 8.136 aparece, prima facie, desvinculado del procedimiento constitucional establecido por el artículo 101, inciso 5, que fija como criterio rector la selección objetiva, reglada y comparativa de los aspirantes a jueces", aseveró. El juez libró sendas medidas cautelares en las acciones promovidas contra la Ley 8.136 por el Colegio de Abogados del Sur y por el abogado Guillermo Avila Carvajal. La orden bloqueó la inscripción de postulantes, que vencía hoy.








