Integran la Corte para decidir si hay que restituir a Freidenberg

Será la primera causa de trascendencia institucional en la que actuarán Estofán y Sbdar. Los vocales Gandur, Goane y Brito se excusaron de intervenir, razón por la que tuvieron que ser convocados tres camaristas en lo Contencioso Administrativo.

UN INTERESANTE TEST. Freidenberg sostiene que, durante el juicio político al que fue sometida en 2006, fueron violados sus derechos y garantías. LA GACETA / OSCAR FERRONATO
UN INTERESANTE TEST. Freidenberg sostiene que, durante el juicio político al que fue sometida en 2006, fueron violados sus derechos y garantías. LA GACETA / OSCAR FERRONATO
05 Octubre 2008

En la Corte Suprema de Justicia de la provincia avanza la integración del tribunal que deberá resolver una cuestión trascendente: determinar si durante el proceso de destitución al que fue sometida a principios de 2006 fueron violados derechos y garantías de Alicia Freidenberg, ex vocal de la Sala VI de la Cámara Penal. Además de con los vocales Antonio Estofán y Claudia Sbdar, el alto tribunal debió ser completado con tres camaristas en lo Contencioso Administrativo: Salvador Ruiz y Horacio Castellanos (Sala I), y Carlos Giovanniello (Sala II).
En agosto, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto la sentencia por medio de la cual el alto tribunal tucumano había concluido que la acción de amparo no era la idónea para analizar lo que ha planteado Freidenberg. Esta sostiene que fue destituida por el contenido de sus decisiones como magistrada, lo que afecta la independencia de la Justicia, garantizada por la Constitución nacional.
El 29 de marzo de 2006, la Corte Suprema de la provincia había sostenido que la vía del amparo, por su estrechez, no era la apropiada para discutir lo que pide la ex magistrada: su restitución por considerar que fue removida por medio de un proceso arbitrario y completamente viciado.
Como el fallo tucumano fue revocado, quienes lo habían firmado, los vocales Antonio Gandur y René Goane (el tercero, Héctor Eduardo Area Maidana, ya no integra la Corte), se excusaron de actuar nuevamente. También lo hizo el vocal Alberto José Brito, que intervino en una aclaratoria que había solicitado Freidenberg.
Como consecuencia, ahora deben intervenir los otros vocales: Estofán y Sbdar, en la que será la primera causa de trascendencia institucional en la que les tocará pronunciarse. Además, por la materia en debate, tuvieron que ser convocados tres camaristas de las dos primeras salas del fuero en lo Contencioso Administrativo: Ruiz, Castellanos y Giovanniello.
Cuando concluya el trámite de notificación de los pasos que se están cumpliendo, las partes dispondrán de tres días para, eventualmente, recusar a uno de los miembros del tribunal. Si optaran por hacerlo, tendrán que expresar o invocar una causal, porque se trata de un amparo.

Competencia exclusiva
Para este caso, la Corte debe ser completada con cinco miembros, porque, en virtud del artículo 4 del Código Procesal Constitucional de la provincia, cuando son cuestionados actos lesivos de la Legislatura, por ejemplo, se trata de una hipótesis de competencia exclusiva del alto tribunal.
Freidenberg debió afrontar el juicio político por una autorización que concedió a Alberto Tolosa, condenado a prisión perpetua por el asesinato del remisero Luis Cisterna, que se fugó en agosto de 2005, aunque aquel luego fue capturado en febrero de 2006.

Tamaño texto
Comentarios
Comentarios