Sólo tres Cortes están integradas por tres vocales

Si se impulsa la reducción del tribunal, se igualaría a Catamarca, Río Negro y Tierra del Fuego.

28 Septiembre 2008
Sólo tres provincias argentinas tienen tres vocales en sus respectivas Cortes Supremas o Superiores Tribunales de Justicia.
De prosperar la iniciativa que circuló en ámbitos del Poder Ejecutivo para la reducción en la cantidad de miembros del órgano de conducción del Poder Judicial (actualmente con cinco integrantes), Tucumán quedaría equiparada a Río Negro, Tierra del Fuego y Catamarca, el único distrito del NOA con esa cifra.
Por el contrario, el número de cinco magistrados en el máximo tribunal es el que más se repite en la Argentina. Contando Tucumán, lo tienen 12 provincias: La Rioja, Jujuy, Salta, Santiago del Estero, Chaco, Formosa, Corrientes, La Pampa, San Juan, Neuquén, San Luis y Santa Cruz. En estas dos últimas sólo están cubiertos cuatros cargos (hay una vacante).
El caso de La Rioja es particular y merece un párrafo aparte. Por la reforma constitucional realizada en este año, se elevó de tres a cinco vocales la integración del Superior Tribunal de Justicia, pero actualmente está funcionando con sólo dos integrantes, ya que no se cubrió una renuncia de 2006 y no se propusieron aún a la Legislatura los futuros magistrados.
Santa Fe y Chubut son las únicas Cortes con cantidad par de vocales: seis magistrados superiores en cada una. Siete jueces integran los tribunales supremos de Córdoba, Misiones, Buenos Aires, Mendoza y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Capital Federal). Sólo Entre Ríos tiene más vocales en la cúpula del Poder Judicial: son nueve. Por volumen de habitantes y conformación social, Tucumán se equipara en distintos relevamientos estadísticos a Mendoza y a Entre Ríos.

La situación local
El número de miembros de la Corte local está fijado en la Ley Orgánica de Tribunales. Ninguna de las constituciones de Tucumán estipuló una cantidad, motivo por el cual puede ser modificada por ley.
En la reforma de la Carta Magna de 2006, se estipularon sólo las condiciones que debían cumplir quienes ocupen ese cargo: tener ciudadanía en ejercicio (para los extranjeros nacionalizados argentinos se requerirá dos años de antigüedad); estar domiciliado en la provincia; ser abogado con título de validez nacional con, por lo menos, 15 años de ejercicio del título en la profesión libre, en la magistratura, en los Ministerios Fiscal o Pupilar o en secretarías judiciales; y haber cumplido 40 años.
Si bien desde el Gobierno se negó la posibilidad de avanzar en este sentido, la diputada nacional Beatriz Rojkés de Alperovich confesó que era una alternativa en estudio en los sectores más encumbrados del Poder Ejecutivo.
Hasta el momento, no ingresó en la Legislatura ningún proyecto con este objetivo.

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