28 Agosto 2008 Seguir en 
Un interesante debate jurídico quedó planteado y deberá ser abordado por el tribunal. El fiscal Alfredo Terraf sostuvo que todos los delitos cometidos en perjuicio de Guillermo Vargas Aignasse (PJ) son de lesa humanidad y, por ende, es imprescriptible su persecución. La defensora de Antonio Bussi, Amalina Assaf, no cuestionó esto, pero sí que nuestro país no haya adaptado la legislación interna a los tratados internacionales celebrados con aquel fin. Citó, por ejemplo, el caso de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, ratificada por la Argentina en 1956.
Argumentó que allí se establece la obligación de tipificar las conductas que configuran ese delito, así como las sanciones para los responsables. Por ende, esgrimió que, si se aplicara esa figura en este caso sin tal previsión normativa, podría violarse el principio de legalidad, según el cual nadie puede ser juzgado sino en virtud de una ley que establezca previamente que un determinado acto es ilícito. Además, Assaf defendió una postura próxima al dualismo entre el derecho interno y el internacional.
Argumentó que allí se establece la obligación de tipificar las conductas que configuran ese delito, así como las sanciones para los responsables. Por ende, esgrimió que, si se aplicara esa figura en este caso sin tal previsión normativa, podría violarse el principio de legalidad, según el cual nadie puede ser juzgado sino en virtud de una ley que establezca previamente que un determinado acto es ilícito. Además, Assaf defendió una postura próxima al dualismo entre el derecho interno y el internacional.








