Tras una ley, un veto y un nuevo proyecto, rige por decreto un beneficio para turismo

Tras una ley, un veto y un nuevo proyecto, rige por decreto un beneficio para turismo

El Ejecutivo mantiene vigente la alícuota diferencial de Ingresos Brutos para actividades de servicios turísticos. Envió otra iniciativa, pero por reglamento el tema recién podría ir al recinto en 2026.

18 Junio 2025

Un decreto a punto de vencer, una ley sancionada en la Legislatura, el veto del Poder Ejecutivo (PE), un nuevo decreto para mantener vigente un beneficio para el sector turístico y una nueva iniciativa enviada por la Casa de Gobierno que recién podría ser tratada el año próximo. Aproximadamente esa es la secuencia de acciones que hubo para sostener una alícuota diferencial del 1,5% en Ingresos Brutos (en vez del 5% habitual) para actividades vinculadas al turismo.

El 24 de abril, la Cámara que preside Miguel Acevedo aprobó por unanimidad una iniciativa impulsada por el legislador bancario Hugo Ledesma (Lealtad Peronista), para darle un marco legislativo a la alícuota diferencial para actividades vinculadas al sector turístico sin una fecha límite. Esta medida estaba vigente desde el año 2023 mediante el Decreto N° 1.998/3, pero vencía el 31 de mayo de 2025.

Al ser comunicada la sanción, en la Casa de Gobierno se interpuso el 14 de mayo un veto mediante el Decreto N° 1105/3, con las firmas del gobernador, Osvaldo Jaldo, y del ministro de Economía y Producción, Daniel Abad. Entre otros argumentos, en el documento se argumentó el veto por una advertencia de la Dirección General de Rentas, que consideró “inconveniente otorgar beneficios de carácter permanente ya que la tendencia es que estos beneficios tengan vigencia limitada en el tiempo”.

Críticas y medidas

La determinación fue criticada en la Legislatura. “La única explicación a este veto es que al gobierno no le importa el turismo”, había rezongando por entonces Silvia Elías de Pérez (Valores para Tucumán). Claudio Viña (Compromiso Tucumán) calificó como una “mala decisión del PE, sin fundamentos sólidos”. “No podemos atraer inversiones serias, sin una legislación tributaria seria, previsible y que no dependa de los humores de turno”, dijo.

Ante la proximidad de la extinción del beneficio, el PE resolvió emitir el 30 de mayo el Decreto N°1.389/3, con las firmas de Jaldo y de Abad, para prorrogar la vigencia del beneficio para los prestadores turísticos y gastronómicos que integren el Registro de Prestadores de Servicios Turísticos del Ente Tucumán Turismo. Se estableció que el beneficio será válido hasta 31 de Mayo de 2026, inclusive.

Con el beneficio ya extendido, y de modo complementario, la Casa de Gobierno envió el 5 de junio a la Cámara un proyecto de ley para darle un marco normativo al beneficio de la alícuota diferencial. A diferencia de la iniciativa que había sido aprobada por unanimidad en el recinto, la propuesta firmada por Jaldo y por Abad establece hasta el 31 de diciembre de 2030 como fecha límite para la vigencia de la medida.

Ayer, previo a sentarse a dialogar con los gremios una nueva recomposición salarial, Abad remarcó que está vigente un nuevo decreto por la alícuota diferenciada y que enviaron un nuevo proyecto a la Legislatura. De esa manera, confirmó el apoyo del Gobierno para con el sector del turismo.

La propuesta del Ejecutivo, sin embargo, podría ser puesta en consideración de los legisladores -el principio- recién el próximo año. Sucede que la Constitución de Tucumán, entre sus artículos 71 y 75, establece la mecánica referida al veto. Allí establece que el Ejecutivo tiene 10 días hábiles para oponer su veto, de modo total o parcial, en forma fundada. En el artículo 74, la Carta Magna fija que la Legislatura puede insistir con la sanción de una ley vetada, sea total o parcial, si reúne dos tercios de votos de sus miembros presentes. El PE queda obligado a promulgar la ley. En caso contrario, no podrá repetirse en las sesiones de ese año.

Viña señaló que el proyecto vetado “es idéntico” al enviado por el Ejecutivo. “Es penoso advertir que, por disposición constitucional, el proyecto vetado, o su temática, no puede volver a tratarse en las sesiones del mismo año”, protestó.

Cabe destacar en este caso que si bien el PE se opuso la ley sancionada, en el decreto no se escribió la expresión “veto total”. Hay quienes no descartan que eso pueda, de algún modo, abrir la puerta al tratamiento durante este año.

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