
La sentencia del fuero administrativo que declaró la nulidad del contrato firmado durante el alfarismo por el estacionamiento medido y pago en la Capital abrió a su vez la puerta para un replanteo de ese servicio, esta vez, bajo la gestión de la intendenta Rossana Chahla.
El secretario de Movilidad Urbana, Benjamín Nieva, confirmó a LA GACETA que, una vez firme el fallo dictado las juezas Ana María José Nazur y Felicitas Masaguer (Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo), presentará ante la jefa municipal un detalle sobre las ventajas de avanzar con un plan para reordenar el sistema de estacionamiento en el microcentro, centro y alrededores. “Necesitamos mejorar el tránsito en San Miguel de Tucumán; darle más agilidad y fluidez”, apuntó.
El funcionario planteó que una de las claves pasa por utilizar la tecnología para favorecer los cambios; por ejemplo, a través de una aplicación que permita conocer en tiempo real cuáles son los lugares disponibles para dejar el vehículo. “Eso posibilitará no dar 15 vueltas a la manzana hasta encontrar dónde estacionar”, indicó. Y aseguró que esta modalidad favorece también la actividad comercial. “Es además positivo en cuanto a evitar la contaminación ambiental. Por ello, lo vamos a plantear y a trabajar con distintas áreas”, dijo, y mencionó entre ellas a la Secretaría de Medio Ambiente, a cargo de Julieta Migilavacca, y a la Fiscalía Municipal, que encabeza Conrado Mosqueira.
“Proceso transparente”
Nieva señaló que, tras analizar el impacto de este sistema en grandes ciudades del mundo y de la Argentina, constató que se favorece el ordenamiento vehicular. “La intención es asesorar a la intendenta en ese sentido, en caso de que opte por este sistema”, añadió.
En esa línea, el secretario de Movilidad Urbana dijo que se podría dar curso a una nueva licitación. “La intendenta siempre nos pide un proceso transparente, donde se presenten los oferentes que cumplen con las condiciones para brindar este servicio”, afirmó. Y marcó un punto que fue abordado durante el amparo colectivo tramitado por la Sala II: el porcentaje de los aranceles a favor de la empresa contratada por el alfarismo. “Hay que ser meticulosos en la comisión de Adjudicación, y no que una empresa se lleve el 85% de los ingresos, y el 15% quedé para el municipio”, afirmó.
Con esto, en el municipio reafirman la modalidad del estacionamiento pago en la Capital, un sistema que está previsto por ordenanza desde 2015. Y si bien resta ver si la UTE Tecno Agro Vial recurre el fallo de la Sala II, en la sede de 9 de Julio y Lavalle están analizando desde aspectos legales (por ejemplo, si se puede llevar adelante la nueva licitación sobre la base de los pliegos vigentes o hacen falta cambios en la normativa); hasta cuestiones operativas (como una revisión del cuadrante delimitado durante el alfarismo para el cobro del servicio).
El caso
La sentencia dictada hace 10 días por la Sala II definió un litigio de casi tres años, cuyo proceso -mediante una cautelar- mantuvo en suspenso durante este tiempo la implementación del servicio adjudicado a la UTE Tecno Agro Vial.
A partir de la ordenanza aprobada en 2015, la gestión del ex intendente Germán Alfaro impulsó distintos procesos de licitación para adjudicar el sistema de estacionamiento medido. Tras los fallidos intentos, se aceptó una oferta de la unión transitoria de empresas y se otorgó la explotación -mediante un contrato directo- del cobro de ese servicio en el cuadrante compuesto por avenidas Avellaneda-Sáenz Peña, Roca, calle Próspero Mena-Lucas Córdoba e Italia.
El plan se comenzó a implementar en julio de 2022, pero sólo se mantuvo durante 45 días, producto de una medida judicial que lo dejó en suspenso por tiempo indeterminado.
Distintos actores, como la Defensoría del Pueblo, la organización Fodecus y grupos de “cuidacoches”, formularon demandas que se acumularon en un único expediente (430/22) sobre un amparo colectivo.
Tras valorar los elementos de prueba y los argumentos aportados por las partes, las juezas emitieron el 6 de junio pasado la de resolución con la sentencia de fondo. En el fallo de 43 páginas decidieron hacer lugar a la demanda, con lo que se declaró la nulidad del contrato. La decisión judicial no alcanza la ordenanza de origen, con lo que no existen observaciones judiciales respecto a la normativa de base, y ese podría ser un punto clave para la implementación del servicio en el corto plazo.
En concreto, la sentencia del fuero contencioso consideró que efectivamente, como habían coincidido organismos y particulares en las presentaciones, no se había cumplido con el pliego de bases y condiciones, dado que -a criterio del tribunal- la UTE Tecno Agro Vial todavía no había terminado de poner fin a un concurso preventivo en trámite.