La sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) en la causa “Vialidad” confirmó la pena a seis años de cárcel contra la ex presidenta, Cristina Fernández de Kirchner, y contra los restantes ocho condenados a lo largo de este proceso. Tras el fallo, se le dio un plazo de cinco días hábiles a la jefa del Partido Justicialista (PJ) para entregarse en los tribunales de Comodoro Py, donde quedará detenida. Y mientras la defensa de CFK tramita la prisión domiciliaria, planteó un interrogante: ¿puede un tribunal internacional evitar que sea arrestada?
Gregorio Dalbon, abogado de Cristina, se presentó ante la sede de la Corte Penal Internacional en La Haya (Países Bajos) para denunciar una “persecución política, judicial, mediática e institucional” contra la ex mandataria, que además no podrá ser candidata. “El Código Procesal Penal Federal ya incorporó la posibilidad de que si un organismo internacional recomienda la revisión del fallo, esto es vinculante”, afirmó el letrado en declaraciones radiales. Agregó luego que concurrirá “a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), porque es lo que sigue” para que “analice todas las cosas que hemos marcado”. “Se plantearon nulidades en la instrucción, en el juicio oral, en casación, es decir en todo momento. Todas iban hacia la Corte, y el máximo tribunal decía: ‘tengase presente al momento de dictar sentencia’. Pero cuando llega el momento la Corte no tocó nada de eso. Por lo tanto lo que falla no es legal, legítimo ni constitucional”, añadió. E insistió con que se cuenta con la instancia internacional desde 2020. “Muchos no lo sabían, pero nosotros sí y lo vamos a utilizar”, dijo Dalbon.
La estrategia defensiva de CFK abrió un debate. ¿Qué dicen los constitucionalistas? Dante Mirra y Carmen Fontán, al ser consultados sobre esta cuestión, coincidieron en que, más allá de los recursos que pueda interponer Cristina, la condena quedó firme con la decisión de la CSJN, firmada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.
Mirra remarcó que el sistema internacional no opera como “una cuarta instancia” ni como “instancia de revisión de sentencias”. “Es un nuevo proceso que se inicia”, indicó. Y recordó que, además, debe tener como fundamento “una violación a los derechos humanos reconocidos” en los tratados internacionales rubricados por los estados nacionales, como el Pacto de San José de Costa Rica, que cuenta con jerarquía constitucional en el sistema argentino. “En consecuencia, debe primeramente acreditarse que existe una violación a algunos de esos derechos; se tiene que demostrar que se ha agotado todos los medios internos judiciales para la revisión del fallo; y tiene que también acreditarse que no se ha ido a otra vía, porque eso se llamaría una litis pendencia a nivel internacional: no puede haber dos vías internacionales iniciadas”, explicó.
Primer análisis
El constitucionalista advirtió que, cumplidos estos requisitos, no se recurre directamente a la CIDH, sino a la Comisión Interamericana de DDHH, que efectúa un primer análisis y, en muchos casos, ante todo busca una conciliación. Además, aclaró que existen distintas variantes, entre ellas, que la Comisión Interamericana decida no tratar el caso -con lo cual se lo rechaza y se agota toda la vía-; o que resuelva elevar el expediente a la Corte Interamericana para su análisis.
De todos modos, señaló el especialista, son trámites que “demoran muchísimo tiempo”, en gran medida, porque se trata de tribunales de sólo siete miembros. “Por lo tanto, si no hay una medida cautelar que pueda dictar donde se suspenda los efectos de la sentencia, el remedio normalmente llegaría tardío, es decir, que llegaría simplemente a modo de reparación, como muchas veces se hace”, profundizó.
La constitucionalista Carmen Fontán afirmó que, dentro del ámbito interno del sistema judicial argentino, “esta es la sentencia definitiva” en la causa “Vialidad”. “No existe ningún otro tipo de recurso ante la Corte”, enfatizó la docente universitaria.
Fontán explicó que, en algunos supuestos, el máximo tribunal admite “un recurso de aclaratoria”, aunque esta vía “no es ni más ni menos que para tratar de aclarar algún concepto que pudiera quedar oscuro o que no se comprenda”. “Pero no hay ningún recurso interno”, dijo.
En esa línea, detalló que Cristina Kirchner “ha agotado todas las instancias”. “Tuvo primera, segunda instancia, la tercera -que fue la Cámara Nacional de Casación Penal- y esta es la cuarta instancia. Es decir, recorrió todas las vías internas, ya no hay ningún tipo de recurso y lo que eventualmente podría plantear es si en el fallo hubo alguna interpretación de normas de la Convención Interamericana que ella considere que pudieran estar violadas. Le quedaría hacer la denuncia ante la Comisión Interamericana, nada más. Así que este fallo es inconmovible, así como está”, expresó Fontán.