¿Qué pasará el 2 de mayo y cuál es la diferencia con los feriados?

¿Qué pasará el 2 de mayo y cuál es la diferencia con los feriados?

El Gobierno decidió extender el descanso del Día del Trabajador, pero el 2 de mayo será un día extraordinario en el calendario.

¿Qué pasará con el descanso del 2 de mayo?
21 Abril 2025

Este año, al tan esperado primero de mayo se le sumará otro día de descanso. En el calendario del 2025, el feriado que conmemora a los trabajadores tendrá lugar el jueves, por lo que el Gobierno decidió extender los días sin actividad hasta el fin de semana. Sin embargo, habrá que estar atentos, porque no se trata de un feriado normal.

En el marco del calendario 2025, el feriado del Día del Trabajador que cae jueves tendrá adosado un día más, el viernes, aunque este último no tendrá el mismo carácter. El 2 de mayo será un día no laborable con fines turísticos, según lo establecido en el Decreto 1027/2024.

¿Qué pasará con el día no laborable del 2 de mayo?

El descanso del 2 de mayo está destinado a promover la actividad turística, que, según indica la Ley 27.399 debe coincidir con un día lunes o viernes; mientras que la decisión de trabajar o no queda completamente a criterio de cada empleador.

Un feriado, a menudo decretado por ley, es un día de celebración nacional o religiosa en el que usualmente se suspenden las actividades laborales y educativas, con derecho a remuneración doble para los trabajadores en caso de ejercer su oficio por pedido del empleador.

Por otro lado, la prestación de servicios de un día no laborable es determinado por los empleadores, ya que no conlleva necesariamente suspensión de las actividades ni una paga doble. La disposición de los trabajadores también suele depender de cada sector.

Trabajo el 2 de mayo ¿cómo será el pago?

La principal diferencia en términos de remuneración entre estos dos tipos de días se centra en que el trabajo durante un feriado nacional debe pagarse al doble de la tasa de un día normal, mientras que en un día no laborable, la remuneración se mantiene como un día habitual.

Los feriados son obligatorios para todos, incluyendo la administración pública y el sector privado. Los días no laborables son de aplicación obligatoria solo para la administración pública, siendo optativos para el sector privado.

De acuerdo con la Ley de Contrato de Trabajo, en el sector de bancos, seguros y actividades afines, los días no laborables pueden tener reglamentaciones específicas, lo cual determina su observancia obligatoria u optativa.

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