
A casi ocho meses de la condena que lo llevó al penal de Ezeiza, donde aún permanece, la Justicia analiza un nuevo pedido del ex gobernador José Alperovich quien, nuevamente y por razones de salud, pidió el beneficio de la prisión domiciliaria mientras se avanza con el estudio final del caso, el cual está en manos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Según la defensa del ex senador, sentenciado a 16 años de cárcel, se trata de una persona discapacitada, que no puede tratar sus dolencias en el ámbito en el cual actualmente permanece.
Alperovich fue condenado el 18 de junio del año pasado, luego de haber sido sometido a juicio durante casi cinco meses a raíz de una denuncia presentada por una ex colaboradora, sobrina segunda suya, quien aseguró que entre diciembre de 2017 y marzo de 2018 la agredió sexualmente en siete ocasiones, cinco en Tucumán y dos en Capital Federal. El juez Juan María Ramos Padilla dio por probadas las acusaciones. A partir de ese momento, la misma noche en la que se dictó la condena, Alperovich fue trasladado al penal de Ezeiza donde permanece en el pabellón de abusadores con otros 25 internos condenados por el mismo delito que él.
Cambio de modalidad
A lo largo de estos meses, los defensores de Alperovich, motorizados por la familia del condenado, pidieron en reiteradas ocasiones el cambio de modalidad en la prisión preventiva, para que pudiera pasar su condena en el departamento que la familia tiene en la zona de Puerto Madero. Pero Ramos Padilla las rechazó a todas. La última fue la que presentó el codefensor Maximiliano Rusconi. Y el letrado solicitó que la medida cautelar de prisión preventiva que actualmente cumple Alperovich se transforme en arresto domiciliario. En ese sentido advirtió que “el deterioro progresivo e irreversible del cuadro de salud de Alperovich, exacerbado por las condiciones de encarcelamiento, justifica la implementación del arresto domiciliario para asegurar sus derechos a la vida y a la salud, permitiéndole acceder al mejor tratamiento médico disponible (...). Los médicos señalan que la rehabilitación de alta complejidad necesaria para su condición no puede ser adecuadamente proporcionada en un entorno carcelario, lo que conlleva un riesgo de deterioro continuo y complicaciones graves”, dijo. En ese sentido el abogado afirmó que “se invoca el principio de humanidad de las penas, la prohibición de tratos crueles e inhumanos, el derecho a la salud de las personas privadas de libertad, el principio de trascendencia mínima de la pena y el derecho a la defensa. Se argumenta que, tratándose de una prisión preventiva y no de una pena firme, estos principios deben aplicarse con mayor rigor”.
Rusconi además hizo hincapié en que el Servicio Penitenciario Federal (SPF) presenta limitaciones operativas que impiden brindar el tratamiento adecuado a las patologías de Alperovich. Y advirtió que “la defensa propone que, en caso de considerar que existen riesgos de fuga o entorpecimiento de la investigación (lo cual se discute, dado que los testigos ya declararon y el debate oral concluyó), estos podrían ser mitigados con medidas de seguridad alternativas al encierro penitenciario, como la colocación de un dispositivo electrónico de monitoreo, entre otras”.