Obligan a una mujer a "amar" a su marido

Obligan a una mujer a "amar" a su marido

El fallo de un tribunal español despertó una fuerte polémica en la península, donde los criterios jurídicos alternan entre el progresismo y el machismo a ultranza.

15 Junio 2008
En contraposición con la tendencia progresista del derecho a considerar al desamor como causa suficiente para divorciarse, en España hay criterios opuestos, según la ciudad donde se trate el caso. Hace poco, en Pontevedra, un tribunal condenó a una mujer (41 años) a seguir conviviendo con un marido (48) maltratador y, en consecuencia, la obligó a "amarlo".
A pesar de que un año antes otro magistrado había aceptado la separación del matrimonio debido a las vejaciones y los malos tratos de él hacia ella, un tribunal sentenció que no se habían acreditado malos tratos. En la sentencia anterior se obligaba al marido a pasar una pensión alimenticia y los dos hijos del matrimonio quedaban bajo la custodia de la madre.
La entidad feminista "Alecrin" calificó al fallo judicial como "injusto e irracional, al obligar a una mujer a readmitir a su ex marido en su domicilio, transcurrido un año de separación legal".
En declaraciones al diario español "El Mundo", la secretaria de esta asociación con sede en Vigo, Victoria Collazo, señaló que "la sentencia carece de argumentos y resulta básicamente anormal cuando rechaza el amor como base de la institución matrimonial".
"No admite el desamor como causa de divorcio y sólo habla de incompatibilidad, y obliga a una mujer a vivir con alguien a quien no quiere, ni con el que desea convivir", añadió Collazo. "Esta sentencia sienta un grave precedente y crea jurisprudencia en esta materia", concluyó.
En cambio, si un matrimonio desavenido se quiere separar en Madrid, no tendrá ningún problema: la Audiencia Provincial de la capital reconoce como causa de separación la falta de "afecto maritalis". No ocurre lo mismo en otras provincias. Aunque la pareja se odie, deberá compartir el domicilio conyugal si así lo decide el juez. Según Carmen Pujol, presidenta de la Asociación de Mujeres Juristas Themis, esta situación "provoca una inseguridad jurídica tremenda, porque da lugar a barbaridades como el fallo de Pontevedra".
Casos de "convivencia obligada" de parejas que no se aman no son nuevos, aunque para Pujol la argumentación del juez de Pontevedra es inaceptable. "Es una barbaridad. Nadie puede obligar a una mujer a amar a su esposo, aunque por la ley, se les ordene vivir juntos. Su argumentación, basada en el amor del padre por el hijo, es totalmente reaccionaria", afirmó.
Como abogada, Pujol afirma que en los casos de separaciones que tramita intenta llegar a acuerdos previos para no tener que recurrir a la interpretación del juez de turno.
Y recuerda el polémico informe del fiscal de Navarra, José María Félez, que achacaba a las actitudes "provocativas" de las mujeres determinadas agresiones sexuales. "Los jueces siempre han ido por detrás de los avances sociales, pero parece que ahora vivimos un momento de retroceso y no sólo en las sentencias, como si pensaran que las mujeres estamos envalentonadas y tienen que ponernos en nuestro sitio", dijo la jurista.

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